Sentencia del Tribunal General de 26 de marzo de 2015 —Radecki/OAMI — Vamed (AKTIVAMED)
(Asunto T-551/13) 1
[«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca comunitaria denominativa AKTIVAMED — Marca nacional figurativa anterior VAMED — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), y apartado 5, del Reglamento (CE) nº 207/2009»]
Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Demandante: Michael Radecki (Colonia, Alemania) (representantes: C. Menebröcker y V. Töbelmann, abogados)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representantes: inicialmente A. Pohlmann, posteriormente S. Hanne, agentes)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recursode la OAMI, coadyuvante ante el Tribunal General: Vamed AG (Viena, Austria) (representante: R. Paulitsch, abogado)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 18 de julio de 2013 (asunto R 365/2012-1) relativa a un procedimiento de oposición entre Vamed AG y Michael Radecki.
Fallo
Desestimar el recurso.
Condenar en costas al Sr. Michael Radecki.
________________________1 DO C 367, de 14.12.2013.