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Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 16 de septiembre de 2008 - ratiopharm/OAMI (BioGeneriX)

(Asunto T-48/07) 1

["Marca comunitaria - Solicitud de marca comunitaria denominativa BioGeneriX - Motivos de denegación absolutos - Carácter parcialmente descriptivo - Artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (CE) nº 40/94"]

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: ratiopharm GmbH (Ulm, Alemania) (representantes: inicialmente S. Völker, posteriormente S. Völker y A. Schabenberger, abogados)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representante: G. Schneider, agente)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 20 de diciembre de 2006 (R 1048/2004-4) relativa a una solicitud de registro del signo denominativo BioGenerix como marca comunitaria.

Fallo

Anular la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI) de 20 de diciembre de 2006 (asunto R 1048/2004-4), en la medida en que se refiere a las sustancias químicas destinadas a conservar alimentos, pertenecientes a la clase 1.

Desestimar el recurso en todo lo demás.

ratiopharm GmbH cargará con sus propias costas, así como con la mitad de las costas de la OAMI. Está última cargará con la mitad de sus costas.

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1 - DO C 82, de 14.4.2007.