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Petición de decisión prejudicial planteada por el Helsingin hallinto-oikeus (Finlandia) el 6 de julio de 2023 — Metsä Fibre Oy

(Asunto C-414/23, Metsä Fibre)

Lengua de procedimiento: finés

Órgano jurisdiccional remitente

Helsingin hallinto-oikeus

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Metsä Fibre Oy

Cuestiones prejudiciales

¿Son inválidas las disposiciones de los artículos 70 y 40 del Reglamento del Registro de la Comisión, 1 relativas a los plazos de anulación de una transacción y al carácter definitivo e irrevocable de transacciones, si se tienen en cuenta el derecho de propiedad contemplado en el artículo 17 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y los demás derechos protegidos en dicha Carta, en la medida en que las citadas disposiciones impiden devolver los derechos a Metsä Fibre Oy en una situación en la que la entrega del exceso de derechos de emisión al Registro de la Unión se basa en la aplicación de las disposiciones declaradas nulas en la sentencia Schaefer Kalk, 2 y la sociedad no puede beneficiarse del estado de cumplimiento positivo de la cuenta de cumplimiento debido a las pocas emisiones que emite actualmente la instalación Äänekoski?

En caso de respuesta negativa a la cuestión 1, ¿son aplicables las disposiciones de los artículos 70 y 40 del Reglamento del Registro de la Comisión en una situación en la que la entrega del exceso de derechos de emisión al Registro de la Unión se basa en la aplicación de las disposiciones declaradas nulas en la sentencia Schaefer Kalk y no en una transacción iniciada voluntariamente o por error por el titular de la cuenta o un administrador nacional que actúe en nombre del titular de la cuenta?

En caso de respuesta negativa a las cuestiones 1 y 2, ¿existe otra vía que permita el Derecho de la Unión mediante la cual pueda situarse a Metsä Fibre Oy, en relación con la utilización de los derechos, en la posición en que se encontraría si no hubieran existido las disposiciones declaradas nulas en la sentencia Schaefer Kalk y la sociedad no hubiera entregado derechos en exceso por tal motivo?

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1 Reglamento (UE) n.º 389/2013 de la Comisión, de 2 de mayo de 2013, por el que se establece el Registro de la Unión de conformidad con la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y las Decisiones n.º 280/2004/CE y n.º 406/2009/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 920/2010 y n.º 1193/2011 de la Comisión (DO 2013, L 122, p. 1).

1 Sentencia del Tribunal de Justicia de 19 de enerode 2017 (C-460/15, Schaefer Kalk, EU:C:2017:29).