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Comunicación al DO

 

Recurso interpuesto el 21 de febrero de 2004 contra la Comisión de las Comunidades Europeas por Bouygues S.A. y Bouygues Télécom

(Asunto T-81/04)

(Lengua de procedimiento: francés)

En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 21 de febrero de 2004 un recurso contra la Comisión de las Comunidades Europeas formulado por Bouygues S.A. con domicilio social en París, y Bouygues Télécom, con domicilio social en Boulogne Billancout (Francia), representadas por los Sres. Bernard Amory y Alexandre Verheyden, abogados.

Las demandantes solicitan al Tribunal de Primera Instancia que:

Declare que la Comisión, al abstenerse de definir su posición dentro del plazo de dos meses a contar desde el requerimiento de 12 de noviembre de 2003, se encuentra en situación de omisión.

Con carácter subsidiario, anule la posición adoptada por la Comisión el 11 de diciembre de 2003.

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

El objeto del presente recurso es la denuncia que las sociedades demandantes presentaron ante la demandada en relación, en particular, con la ayuda que supuestamente el Estado francés acordó a ORANGE FRANCE y SFR mediante la reducción retroactiva del canon de 4.995 miles de millones de euros que cada uno de estos operadores se había comprometido a pagar como contrapartida de la licencia UMTS ("Universal Mobile Telecommunications System") que se les concedió el 15 de junio de 2001. Las demás quejas formuladas por las demandantes se referían a:

la puesta a disposición con carácter exclusivo de las agencias FRANCE TELECOM en beneficio de ORANGE FRANCE;

el régimen excepcional del impuesto de actividades económicas aplicable a FRANCE TELECOM;

las reducciones de las cargas de jubilación y la exención de cotizaciones de desempleo de las que supuestamente se benefició FRANCE TELECOM;

la normativa francesa relativa al servicio universal;

el tratamiento de los dividendos de FRANCE TELECOM;

las medidas de apoyo financiero concedidas a FRANCE TELECOM;

Por lo que respecta al recurso por omisión, las demandantes alegan que la Comisión aún no ha definido su posición sobre la imputación relativa al UMTS, a pesar de que éste era el objeto del requerimiento, y que el escrito de 11 de diciembre de 2003 que la Comisión les dirigió en respuesta a su requerimiento no puede constituir una definición de posición, en el sentido del artículo 232 del Tratado CE. A su juicio, este escrito se limita, en efecto, a subrayar que el examen de las medidas que pueden incluir ayudas de Estado en beneficio de FRANCE TELECOM es una de las prioridades de la Comisión, sin pronunciarse sobre el fundamento de la reclamación de que se trata. Por tanto, habida cuenta de las lagunas en su motivación, no cabe interpretar que este escrito haya puesto fin a la situación de omisión.

Por lo que respecta al recurso de anulación formulado, con carácter subsidiario, contra la decisión de 11 de diciembre de 2003, por la que se desestima la denuncia, las demandantes invocan tres motivos basados en:

la violación del deber de motivación;

una apreciación manifiestamente errónea de los artículos 87 y siguientes del Tratado CE, en la medida en que la reducción retroactiva del canon correspondiente al UMTS que ORANGE FRANCE y SFR se habían comprometido inicialmente a pagar cumple todos los requisitos para constituir una ayuda de Estado;

una violación de las normas procedimentales previstas en el artículo 88, apartado 3, del Tratado CE, en la medida en que la Comisión decidió erróneamente, habida cuenta de las circunstancias del caso, no incoar el procedimiento de examen previsto en esta disposición.

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