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Recurso interpuesto el 27 de febrero de 2012 - Elegant Target Development y otros/Consejo

(Asunto T-90/12)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Elegant Target Development (Hong Kong, China); Eternal Expert Ltd (Hong Kong); Giant King Ltd (Hong Kong); Golden Charter Development Ltd (Hong Kong); Golden Summit Investments Ltd (Hong Kong); Golden Wagon Development Ltd (Hong Kong); Grand Trinity Ltd (Hong Kong); Great Equity Investments Ltd (Hong Kong); Great Prospect International Ltd (Hong Kong); Harvest Supreme Ltd (Hong Kong); Key Charter Development Ltd (Hong Kong); King Prosper Investments Ltd (Hong Kong); Master Supreme International Ltd (Hong Kong); Metro Supreme International Ltd (Hong Kong); Modern Elegant Development Ltd (Hong Kong); Prosper Metro Investments Ltd (Hong Kong); Silver Universe International Ltd (Hong Kong); y Sparkle Brilliant Development Ltd (Hong Kong); (representantes: F. Randolph, M. Lester, Barristers, y M. Taher, Solicitor).

Demandada: Consejo de la Unión Europea.

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

anule la Decisión 2011/783/PESC 2 del Consejo y el Reglamento de Ejecución (UE) nº 1245/2011  del Consejo, en la medida en que los nombres de los demandantes se incluyeron en la lista de personas y entidades a las que se aplican las medidas restrictivas;

condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, las demandantes invocan cuatro motivos.

Primer motivo, basado en que el demandado no aportó razones adecuadas o suficientes para incluir los nombres de los demandantes en la lista de personas y entidades a las que se aplican las medidas restrictivas.

Segundo motivo, basado en que el demandado no cumplió los requisitos para formar la lista y/o en que incurrió en un manifiesto error de valoración al considerar que tales requisitos concurrían respecto a las demandantes y/o en que incluyó a dichas demandantes careciendo del fundamento legal adecuado para hacerlo.

Tercer motivo, basado en que el demandado no garantizó los derechos de las demandantes a la defensa y a la tutela judicial efectiva.

Cuarto motivo, basado en que el demandado quebrantó, de forma injustificada y desproporcionada, los derechos fundamentales de las demandantes, incluyendo el derecho a la protección de sus propiedades, negocios y reputación.

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1 - Decisión 2011/783/PESC del Consejo, de 1 de diciembre de 2011, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán (DO L 319, p. 71).

2 - Reglamento de Ejecución (UE) nº 1245/2011 del Consejo, de 1 de diciembre de 2011, por el que se aplica el Reglamento (UE) nº 961/2010 sobre medidas restrictivas contra Irán (DO L 319, p. 11).