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Sentencia del Tribunal General de 8 de septiembre de 2016 — Lundbeck/Comisión

(Asunto T-472/13) 1

(«Competencia — Prácticas colusorias — Mercado de los medicamentos antidepresivos que contienen el ingrediente farmacéutico activo citalopram — Concepto de restricción de la competencia “por el objeto” — Competencia potencial — Medicamentos genéricos — Barreras a la entrada en el mercado derivadas de la existencia de patentes — Acuerdos concluidos entre el titular de patentes y empresas de medicamentos genéricos — Artículo 101 TFUE, apartados 1 y 3 — Errores de Derecho y de apreciación — Obligación de motivación — Derecho de defensa — Seguridad jurídica — Multas»)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: H. Lundbeck A/S (Valby, Dinamarca) y Lundbeck Ltd (Milton Keynes, Reino Unido) (representantes: R. Subiotto, QC, y T. Kuhn, abogado)

Demandadas: Comisión Europea (representantes: inicialmente J. Bourke, F. Castilla Contreras, B. Mongin, T. Vecchi y C. Vollrath, posteriormente F. Castilla Contreras, B. Mongin, T. Vecchi, C. Vollrath y T. Christoforou, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de las demandantes: European Federation of Pharmaceutical Industries and Associations (EFPIA) (Ginebra, Suiza) (representantes: F. Carlin, Barrister, y M. Healy, Solicitor)

Objeto

Pretensión de anulación parcial de la Decisión C(2013) 3803 final de la Comisión, de 19 de junio de 2013, relativa a un procedimiento en virtud del artículo 101 [TFUE] y el artículo 53 del Acuerdo EEE (asunto AT/39226 — Lundbeck), y pretensión de reducción del importe de la multa impuesta a las demandantes por esa Decisión.

Fallo

Desestimar el recurso.

H. Lundbeck A/S y Lundbeck Ltd cargarán con sus propias costas y con las de la Comisión Europea.

La European Federation of Pharmaceutical Industries and Associations (EFPIA) cargará con sus propias costas.

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1 DO C 325 de 9.11.2013.