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Recurso interpuesto el 4 de mayo de 2011 - ZZ/Defensor del Pueblo Europeo

(Asunto F-54/11)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: ZZ (representantes: L. Levi y A. Blot, abogados)

Demandada: Defensor del Pueblo Europeo

Objeto y descripción del litigio

Anulación de la decisión de aplicar a la parte demandada la sanción de separación del servicio sin pérdida del derecho a pensión. Por consiguiente, con carácter principal, la pretensión de que se reintegre a la parte demandante en su puesto y, con carácter subsidiario, se le conceda una cuantía correspondiente a la remuneración que habría percibido entre la fecha en que se hizo efectiva la separación del servicio y aquélla en la que alcanzará la edad de la jubilación. En cualquier caso, que se conceda una cuantía a la parte demandante por el daño moral sufrido.

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule la decisión disciplinaria del Defensor del Pueblo Europeo de 20 de julio de 2010 de aplicar a la parte demandante la sanción de separación del servicio sin pérdida del derecho a pensión.

Si fuera necesario, que se anule la decisión de 18 de enero de 2011 por la que se desestima expresamente la reclamación.

Si fuera necesario:

Que, con carácter principal, se declare que la anulación de la decisión de separación del servicio supone la reintegración de la parte demandante en su puesto de administrador de grado A5 escalón 2, con carácter retroactivo a partir de la fecha en que se hizo efectiva la decisión de separación del servicio, así como el pago de los derechos financieros que se le adeudan por el conjunto de ese período, incrementados en los intereses de demora al tipo del Banco Central Europeo aumentado en 2 puntos.

Que con carácter subsidiario, se condene al demandado al pago de una cuantía correspondiente a la remuneración que la parte demandante habría percibido desde la fecha en que se hizo efectiva su separación del servicio en agosto de 2010 hasta el mes en que alcance la edad de la jubilación, en julio de 2040, y a la regularización respectiva del derecho a pensión de la parte demandante.

En cualquier caso, que se condene al demandado al pago de la cuantía de 65.000 euros por el daño moral sufrido por la parte demandante.

Que se condene en costas al Defensor del Pueblo Europeo.

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