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Sentencia del Tribunal General de 7 de febrero de 2024 — Topper Argentina/EUIPO — Ningbo Xiangxinli Network Technology (wetoper)

(Asunto T-630/22) 1

[«Marca de la Unión Europea  Procedimiento de oposición — Solicitud de marca denominativa de la Unión wetoper — Marcas anteriores denominativa nacional TOPPER y figurativa Benelux Topper — Motivo de denegación relativo — Inexistencia de riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001»]

Lengua de procedimiento: español

Partes

Recurrente: Topper Argentina, S. A., (Buenos Aires, República Argentina) (representante: J. M. Mora Cortés, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: E. Nicolás Gómez, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Ningbo Xiangxinli Network Technology Co. Ltd (Qingdao, China)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 29 de junio de 2022 (asunto R 2126/2021-4).

Fallo

Desestimar el recurso.

Topper Argentina, S. A., y la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) cargarán con sus propias costas.

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1     DO C 463 de 5.12.2022.