Language of document : ECLI:EU:T:2021:817


 


 



Sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) de 24 de noviembre de 2021 — LTTE/Consejo

(Asunto T160/19)

«Política Exterior y de Seguridad Común — Medidas restrictivas adoptadas en el marco de la lucha contra el terrorismo — Congelación de fondos — Lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos — Mantenimiento del nombre del demandante en la lista — Base fáctica de las decisiones de congelación de fondos — Error de apreciación — Obligación de motivación — Derecho de defensa — Derecho a la tutela judicial efectiva»

1.      Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Legitimación — Recurso de una organización sin personalidad jurídica, sometida a medidas restrictivas — Admisibilidad

[Art. 263 TFUE, párr. 4; Decisiones (PESC) del Consejo 2019/25, 2019/1341 y 2020/1132; Reglamentos de Ejecución (UE) del Consejo 2020/19 y 2020/1128]

(véanse los apartados 57 y 59)

2.      Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Requisitos de admisibilidad — Interés en ejercitar la acción — Recurso que debe poder procurar un beneficio al demandante

(Art. 263 TFUE)

(véanse los apartados 68 a 70 y 75)

3.      Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que los afectan directa e individualmente — Medidas restrictivas específicas contra determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo — Decisión por la que se reexamina la lista de personas, grupos o entidades afectados — Recurso interpuesto por una parte de una entidad incluida en la resolución — Admisibilidad

[Art. 263 TFUE, párr. 4; Decisiones (PESC) del Consejo 2019/25, 2019/1341 y 2020/1132; Reglamentos de Ejecución (UE) del Consejo 2020/19 y 2020/1128]

(véanse los apartados 76 a 78, 80 y 83 a 86)

4.      Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que los afectan directa e individualmente — Medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades — Decisiones de congelación de fondos — Recurso interpuesto por personas incluidas en la lista de las personas o entidades sujetas a las medidas restrictivas — Actos de alcance general y conjunto de decisiones individuales — Admisibilidad

(Art. 263 TFUE)

(véase el apartado 81)

5.      Procedimiento judicial — Decisión o Reglamento que sustituye en el curso del proceso al acto impugnado — Elemento nuevo — Ampliación de las pretensiones y motivos iniciales — Requisito — Pretensiones iniciales dirigidas contra el acto impugnado — Inexistencia — Inadmisibilidad

[Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 86, ap. 1; Decisión (PESC) 2020/1132 del Consejo; Reglamento de Ejecución (UE) 2020/19 del Consejo]

(véanse los apartados 89 a 92 y 96)

6.      Procedimiento judicial — Admisibilidad de los recursos — Apreciación en relación con la situación que existía en el momento en que se presentó el escrito de demanda — Decisión que sustituye durante el procedimiento a la decisión impugnada — Adaptación de las pretensiones y motivos iniciales — Posibilidad supeditada a la admisibilidad de la demanda inicial

(Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 86)

(véanse los apartados 94 y 95)

7.      Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas específicas contra determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo — Decisión de congelación de fondos — Adopción o mantenimiento sobre la base de una decisión nacional de apertura de investigaciones o de procedimientos o de condena — Autoridad competente para adoptar dicha decisión nacional — Concepto — Autoridad administrativa — Inclusión — Requisitos

(Posición Común 2001/931/PESC del Consejo, art. 1, ap. 4)

(véanse los apartados 112 y 114 a 118)

8.      Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas específicas contra determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo — Decisión de congelación de fondos — Adopción o mantenimiento sobre la base de una decisión nacional de apertura de investigaciones o de procedimientos o de condena — Inexistencia de obligación de que la decisión nacional se adopte en el marco de un proceso penal stricto sensu — Requisitos

(Posición Común 2001/931/PESC del Consejo, art. 1, ap. 4)

(véanse los apartados 119 y 120)

9.      Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas específicas contra determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo — Obligación de cooperación leal entre los Estados miembros y las instituciones de la Unión Europea — Decisión de congelación de fondos — Adopción o mantenimiento sobre la base de una decisión nacional de apertura de investigaciones o de procedimientos o de condena — Obligación de motivación — Alcance — Decisión nacional de condena — Inexistencia de obligación de indicar las pruebas o indicios serios y creíbles en los que se basa la decisión nacional

[Posición Común 2001/931/PESC del Consejo, art. 1, ap. 4; Decisiones (PESC) del Consejo 2019/25 y 2019/1341]

(véanse los apartados 148 a 156, 158 y 165)

10.    Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas específicas contra determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo — Decisión de congelación de fondos — Mantenimiento sobre la base de una decisión nacional de congelación de fondos — Decisión nacional que por sí sola no permite deducir que persiste el riesgo de implicación en actos de terrorismo — Obligación del Consejo de tener en cuenta hechos más recientes que demuestren que tal riesgo subsiste

[Posición Común 2001/931/PESC del Consejo, art. 1, ap. 6; Decisiones (PESC) del Consejo 2019/25 y 2019/1341]

(véanse los apartados 168 a 171, 176, 177, 185 a 187, 191, 204, 208, 215 a 217, 231, 276 y 283)

11.    Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Decisión de congelación de fondos adoptada contra determinadas personas y entidades sospechosas de actividades terroristas — Requisitos mínimos

[Art. 296 TFUE, párr. 2; Decisiones (PESC) del Consejo 2019/25 y 2019/1341]

(véanse los apartados 173, 194 a 199, 273 a 275 y 277)

12.    Unión Europea — Control jurisdiccional de la legalidad de los actos de las instituciones — Medidas restrictivas específicas contra determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo — Decisión de congelación de fondos — Mantenimiento en virtud de una decisión nacional adoptada por una autoridad competente — Alcance del control — Control que se extiende al conjunto de elementos de juicio expuestos para demostrar que persiste el riesgo de implicación en actos de terrorismo — Elementos de juicio que no están basados enteramente en una decisión nacional adoptada por una autoridad competente — Irrelevancia

[Art. 296 TFUE; Decisiones (PESC) del Consejo 2019/25 y 2019/1341]

(véanse los apartados 174 y 175)

13.    Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas específicas contra determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo — Congelación de fondos — Reglamento (CE) n.º 2580/2001 — Ámbito de aplicación — Conflicto armado en el sentido del Derecho internacional humanitario — Inclusión

[Posición Común 2001/931/PESC del Consejo; Reglamento (CE) n.º 2580/2001 del Consejo]

(véanse los apartados 294 y 295)

14.    Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas específicas contra determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo — Congelación de fondos — Ámbito de aplicación — Principio de autodeterminación — Distinción entre los objetivos propios al ejercicio del derecho a la autodeterminación y los comportamientos que se han llevado a cabo para lograrlo

[Posición común 2001/931/PESC del Consejo, considerandos 5 a 7 y art. 1, ap. 3, párr. 1, incisos i) a iii); Reglamento (CE) n.º 2580/2001 del Consejo, considerandos 3, 5 y 6]

(véanse los apartados 296 a 300)

15.    Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas específicas contra determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo — Congelación de fondos de una organización que intervenga en actos de terrorismo — Restricciones al derecho de propiedad, a la libertad de expresión y al derecho de reunión — Violación del principio de proporcionalidad — Inexistencia

[Posición Común 2001/931/PESC del Consejo, art. 1, ap. 6; Decisiones del Consejo (PESC) 2019/25 y 2019/1341; Reglamento (CE) n.º 2580/2001 del Consejo, arts. 5 y 6]

(véanse los apartados 311 a 319)

16.    Derecho de la Unión Europea — Principios — Derecho de defensa — Derecho a la tutela judicial efectiva — Medidas restrictivas específicas contra determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo — Decisión de congelación de fondos — Obligación de comunicar las pruebas inculpatorias — Alcance

[Decisiones (PESC) del Consejo 2019/25 y 2019/1341; Reglamento (CE) n.º 2580/2001, art. 2, ap. 3]

(véanse los apartados 352 a 355, 357, 358 y 360 a 366)

17.    Derecho de la Unión Europea — Principios — Derecho de defensa — Derecho a la tutela judicial efectiva — Medidas restrictivas específicas contra determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo — Decisión de congelación de fondos — Derecho de acceso a los documentos — Derecho supeditado a la presentación de una solicitud en ese sentido ante el Consejo — Inexistencia de violación

[Posición Común 2001/931/PESC del Consejo; Decisiones (PESC) del Consejo 2019/25 y 2019/1341]

(véanse los apartados 367 a 371 y 380)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación, en primer lugar, de la Decisión (PESC) 2019/25 del Consejo, de 8 de enero de 2019, por la que se modifica y actualiza la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo y se deroga la Decisión (PESC) 2018/1084 (DO 2019, L 6, p. 6), en segundo lugar, de la Decisión (PESC) 2019/1341 del Consejo, de 8 de agosto de 2019, por la que se actualiza la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo y se deroga la Decisión (PESC) 2019/25 (DO 2019, L 209, p. 15), en tercer lugar, del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/19 del Consejo de 13 de enero de 2020 por el que se aplica el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) n.º 2580/2001 sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo, y se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1337 (DO 2020, L 8 I, p. 1) y, en cuarto lugar, del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1128 del Consejo de 30 de julio de 2020 por el que se aplica el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) n.º 2580/2001 sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo, y se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/19 (DO 2020, L 247, p. 1) y de la Decisión (PESC) 2020/1132 del Consejo de 30 de julio de 2020 por la que se actualiza la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo, y se deroga la Decisión (PESC) 2020/20 (DO 2020, L 247, p. 18).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar a la subdivisión política europea de los Tigres de Liberación de Eelam Tamil (LTTE) a cargar con sus propias costas y con las del Consejo de la Unión Europea.

3)

El Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte cargará con sus propias costas.