Language of document : ECLI:EU:T:2019:174





Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 20 de marzo de 2019 — Prim/EUIPO — Primed Halberstadt Medizintechnik (PRIMED)

(Asunto T138/17)

«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca denominativa de la Unión PRIMED — Marcas nacionales figurativas anteriores PRIM S.A., PRiM, S.A. SUMINISTROS MEDICOS y GRUPO PRiM — Uso efectivo de las marcas anteriores — Artículo 57, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) n.º 207/2009 [actualmente artículo 64, apartados 2 y 3, del Reglamento (UE) 2017/1001] — Derecho a ser oído— Artículo 75, segunda frase, del Reglamento n.º 207/2009 (actualmente artículo 94, apartado 1, segunda frase, del Reglamento 2017/1001) — Presentación de pruebas por primera vez ante la Sala de Recurso — Facultad de apreciación de la Sala de Recurso — Calificación de pruebas nuevas o adicionales — Artículo 76, apartado 2, del Reglamento n.º 207/2009 (actualmente artículo 95, apartado 2, del Reglamento 2017/1001)»

1.      Marca de la Unión Europea — Resoluciones de la Oficina — Respeto del derecho de defensa — Alcance del principio

[Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 41, ap. 2, letra a); Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 75, 2a frase]

(véanse los apartados 25 a 28 y 42)

2.      Marca de la Unión Europea — Procedimiento de recurso — Recurso interpuesto contra una resolución de la división de anulación de la Oficina — Examen por la Sala de Recurso — Alcance — Falta de alegación de hechos y de presentación de pruebas en apoyo de la oposición dentro del plazo concedido al efecto — Consideración — Facultad de apreciación de la Sala de Recurso — Inexistencia de disposición en contrario

[Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, arts. 53, ap. 1, letra a), 57, aps. 2 y 3, 63, ap. 2, 76, ap. 2, y 78; Reglamento (CE) n.º 2868/95 de la Comisión, art. 1, regla 40, ap. 6]

(véanse los apartados 46 a 53)

3.      Marca de la Unión Europea — Procedimiento de recurso — Recurso ante el juez de la Unión — Facultad del Tribunal General de modificar la resolución impugnada — Límites

[Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 65, ap. 3]

(véase el apartado 63)

4.      Marca de la Unión Europea — Procedimiento de recurso — Recurso ante el juez de la Unión — Competencia del Tribunal General — Sentencias declarativas — Exclusión

[Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 65, aps. 2 y 3]

(véase el apartado 67)

5.      Marca de la Unión Europea — Procedimiento de recurso — Recurso ante el juez de la Unión — Competencia del Tribunal General — Orden conminatoria dirigida a la Oficina — Exclusión

[Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 65, ap. 6]

(véase el apartado 69)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 19 de diciembre de 2016 (asuntos acumulados R 2494/2015‑4 y R 163/2016‑4), relativa a un procedimiento de nulidad entre Prim y Primed Halberstadt Medizintechnik.

Fallo

1)

Anular la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 19 de diciembre de 2016 (asuntos acumulados R 2494/2015‑4 y R 163/2016‑4).

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

La EUIPO cargará con sus propias costas y con la mitad de las de Prim, S.A.

4)

Primed Halberstadt Medizintechnik GmbH cargará con sus propias costas y con la mitad de las de Prim.