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Sentencia del Tribunal General de 6 de mayo de 2019 — Scor/Comisión

(Asunto T-135/17) 1

(«Ayudas de Estado — Mercado del reaseguro de los riesgos de catástrofes naturales — Ayuda en forma de garantía estatal ilimitada otorgada a la CCR — Decisión por la que se declara la ayuda compatible con el mercado interior al término de la fase de examen preliminar — Artículo 107 TFUE, apartado 3, letra c) — Recurso de anulación — Legitimación activa — Inexistencia de afectación sustancial de la posición competitiva — Inadmisibilidad parcial — Derechos procedimentales de las partes interesadas — Condición de parte interesada — Inexistencia de dificultades serias»)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Scor SE (París, Francia) (representantes: N. Baverez, N. Autet, M. Béas y G. Marson, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: B. Stromsky, A. Bouchagiar y K. Blanck, agentes)

Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: República Francesa (representantes: inicialmente D. Colas, B. Fodda, E. de Moustier y J. Bousin, y posteriormente D. Colas, B. Fodda, P. Dodeller, R. Coesme y E. de Moustier, agentes) y Caisse centrale de réassurance (París, Francia) (representantes: inicialmente J.-P. Gunther, A. Giraud y S. Petit, y posteriomente A. Giraud y S. Petit, abogados)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE, por el que solicita la anulación de la Decisión C(2016) 5995 final de la Comisión, de 26 de septiembre de 2016, relativa a las medidas estatales SA.37649 y SA.45860 ejecutadas por Francia, en la parte en que la Comisión declara compatible con el mercado interior la garantía ilimitada otorgada a la CCR para su actividad de reaseguro de los riesgos de catástrofes naturales.

Fallo

Desestimar el recurso.

Scor SE cargará con sus propias costas y con las costas de la Comisión Europea y de la Caisse centrale de réassurance (CCR), incluidas aquellas en que hayan incurrido con ocasión de la solicitud de tratamiento confidencial.

La República Francesa cargará con sus propias costas, incluidas aquellas en que haya incurrido con ocasión de la solicitud de tratamiento confidencial.

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1 DO C 144 de 8.5.2017.