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Comunicación al DO

 

     SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA

     de 22 de octubre de 2002

en el asunto T-310/01: Schneider Electric SA contra Comisión de las Comunidades Europeas(1)

    ("Competencia ( Reglamento (CEE) nº 4064/89 ( Decisión por la que se declara la incompatibilidad de una operación de concentración con el mercado común ( Recurso de anulación")

    (Lengua de procedimiento: francés)

En el asunto T-310/01, Schneider Electric SA, con domicilio social en Rueil-Malmaison (Francia), representada por los Sres. F. Herbert, J. Steenbergen y M. Pittie, abogados, apoyada por República Francesa (agentes: Sres. G. de Bergues y F. Million), contra Comisión de las Comunidades Europeas (agentes: Sres. P. Olivier, P. Hellström y F. Levièvre), apoyada por Comité central d'entreprise de la SA Legrand, Comité européen du groupe Legrand, con domicilio social en Limoges (Francia), representados por el Sr. H. Masse-Dessen, abogado, que tiene por objeto un recurso de anulación contra la Decisión C(2001) 3014 final de la Comisión, de 10 de octubre de 2001, por la que se declara una concentración incompatible con el mercado común y con el funcionamiento del Acuerdo EEE (asunto COMP/M.2283 ( Schneider-Legrand), el Tribunal de Primera Instancia (Sala Primera), integrado por los Sres. B. Vesterdorf, Presidente, N.J. Forwood y H. Legal, Jueces; Secretaria: Sra. B. Pastor, Secretaria adjunta, ha dictado el 22 de octubre de 2002 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

1)Anular la Decisión C(2001) 3014 final de la Comisión, de 10 de octubre de 2001, por la que se declara una concentración incompatible con el mercado común y con el funcionamiento del Acuerdo EEE (asunto COMP/M.2283 ( Schneider-Legrand).

2)Condenar a la Comisión a pagar, además sus propias costas, las de Schneider Electric SA.

3)El Comité central d'entreprise de la SA Legrand y el Comité européen du groupe Legrand cargarán con sus propias costas.

4)La República Francesa cargará con sus propias costas.

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1 - DO C 56 de 2.3.2002.