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Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 9 de septiembre de 2009 - Diputación Foral de Álava y otros/Comisión

(Asunto T-227/01 a T-229/01, T-265/01, T-266/01 y T-270/01) 1

("Ayudas de Estado - Ventajas fiscales concedidas por una entidad territorial de un Estado miembro - Crédito fiscal del 45 % del importe de la inversión - Decisiones por las que se declaran incompatibles con el mercado común los regímenes de ayudas y se ordena recuperar las ayudas abonadas - Asociación profesional - Admisibilidad - Calificación de nuevas ayudas o de ayudas existentes - Principio de protección de la confianza legítima - Principio de seguridad jurídica - Principio de proporcionalidad")

Lengua de procedimiento: español

Partes

Demandantes en el asunto T-227/01: Territorio Histórico de Álava - Diputación Foral de Álava y Comunidad Autónoma del País Vasco - Gobierno Vasco (representantes: inicialmente R. Falcón Tella, posteriormente M. Morales Isasi e I. Sáenz-Cortabarría Fernández, abogados)

Demandantes en el asunto T-228/01: Territorio Histórico de Vizcaya - Diputación Foral de Vizcaya y Comunidad Autónoma del País Vasco - Gobierno Vasco (representantes: inicialmente R. Falcón Tella, posteriormente M. Morales Isasi e I. Sáenz-Cortabarría Fernández, abogados)

Demandantes en el asunto T-229/01: Territorio Histórico de Guipúzcoa - Diputación Foral de Guipúzcoa y Comunidad Autónoma del País Vasco - Gobierno Vasco (representantes: inicialmente R. Falcón Tella, posteriormente M. Morales Isasi e I. Sáenz-Cortabarría Fernández, abogados)

Demandante en los asuntos T-265/01, T-266/01 y T-270/01: Confederación Empresarial Vasca (Confebask) (Bilbao) (representantes: M. Araujo Boyd, L. Ortiz Blanco y V. Sopeña Blanco, abogados)

Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: inicialmente J. Buendía Sierra, posteriormente F. Castillo de la Torre y C. Urraca Caviedes, agentes)

Partes coadyuvantes en apoyo de las demandantes en el asunto T-227/01: Cámara Oficial de Comercio e Industria de Álava (representantes: I. Sáenz-Cortabarría Fernández y M. Morales Isasi, abogados) y Confederación Empresarial Vasca (Confebask) (Bilbao) (representantes: inicialmente M. Araujo Boyd y R. Sanz, posteriormente M. Araujo Boyd, L. Ortiz Blanco y V. Sopeña Blanco, abogados)

Partes coadyuvantes en apoyo de las demandantes en el asunto T-228/01: Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Vizcaya (representantes: I. Sáenz-Cortabarría Fernández y M. Morales Isasi, abogados) y Confederación Empresarial Vasca (Confebask) (Bilbao) (representantes: inicialmente M. Araujo Boyd y R. Sanz, posteriormente M. Araujo Boyd, L. Ortiz Blanco y V. Sopeña Blanco, abogados)

Partes coadyuvantes en apoyo de las demandantes en el asunto T-229/01: Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Guipúzcoa (representantes: I. Sáenz-Cortabarría Fernández y M. Morales Isasi, abogados) y Confederación Empresarial Vasca (Confebask) (Bilbao) (representantes: inicialmente M. Araujo Boyd y R. Sanz, posteriormente M. Araujo Boyd, L. Ortiz Blanco y V. Sopeña Blanco, abogados)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Comunidad Autónoma de la Rioja (representantes: A. Bretón Rodriguez, J. Criado Gámez e I. Serrano blanco, abogados)

Objeto

En los asuntos T-227/01 y T-265/01, un recurso de anulación de la Decisión 2002/820/CE de la Comisión, de 11 de julio de 2001, relativa al régimen de ayudas estatales ejecutado por España en favor de las empresas de Álava en forma de crédito fiscal del 45 % de las inversiones (DO 2002, L 296, p. 1); en los asuntos T-228/01 y T-266/01, un recurso de anulación de la Decisión 2003/27/CE de la Comisión, de 11 de julio de 2001, relativa al régimen de ayudas estatales ejecutado por España en favor de las empresas de Vizcaya en forma de crédito fiscal del 45 % de las inversiones (DO 2003, L 17, p. 1), y, en los asuntos T-229/01 y T-270/01, un recurso de anulación de la Decisión 2002/894/CE de la Comisión, de 11 de julio de 2001, relativa al régimen de ayudas estatales ejecutado por España en favor de las empresas de Guipúzcoa en forma de crédito fiscal del 45 % de las inversiones (DO 2002, L 314, p. 26).

Fallo

Acumular a efectos de la sentencia los asuntos T-227/01 a T-229/01, T-265/01, T-266/01 y T-270/01.

Desestimar los recursos.

En los asuntos T-227/01 a T-229/01:

el Territorio Histórico de Álava - Diputación Foral de Álava, el Territorio Histórico de Vizcaya - Diputación Foral de Vizcaya, el Territorio Histórico de Guipúzcoa - Diputación Foral de Guipúzcoa y la Comunidad Autónoma del País Vasco − Gobierno Vasco cargarán con sus propias costas y con las costas en que hayan incurrido la Comisión y la Comunidad Autónoma de La Rioja;

la Confederación Empresarial Vasca (Confebask), la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Álava, la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Vizcaya y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Guipúzcoa cargarán con sus propias costas.

En los asuntos T-265/01, T-266/01 y T-270/01, Confebask cargará con sus propias costas y con las costas en que hayan incurrido la Comisión y la Comunidad Autónoma de La Rioja.

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1 -

2 - DO C 331, de 24.11.2001.