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Petición de decisión prejudicial planteada por el Spetsializiran nakazatelen sad (Bulgaria) el 22 de febrero de 2021 — Procedimiento penal contra IR

(Asunto C-105/21)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Spetsializiran nakazatelen sad

Acusado

IR

Cuestiones prejudiciales

1.    ¿Es conforme con el artículo 6 de la Carta, en relación con el artículo 5, apartados 4, 2 y 1, letra c), del CEDH, el artículo 47 de la Carta, el derecho a la libre circulación, el principio de igualdad y el principio de confianza mutua, que la autoridad judicial emisora, en virtud del artículo 6, apartado 1, de la Decisión Marco 2002/584, no realice ningún esfuerzo para informar a la persona buscada de los fundamentos de hecho y de Derecho de su detención y del derecho a recurrir la orden de detención, mientras dicha persona se encuentre en el territorio del Estado miembro de ejecución?

2.    En caso de respuesta afirmativa, ¿exige el principio de primacía del Derecho de la Unión sobre el Derecho nacional que la autoridad judicial emisora se abstenga de facilitar dicha información y, además, que esta, en caso de que la persona buscada solicite la anulación de la orden de detención nacional a pesar de la referida falta de información, solo examine dicha solicitud en cuanto al fondo, después de la entrega de la persona buscada?

3.    ¿Qué medidas jurídicas del Derecho de la Unión son adecuadas para llevar a cabo dicha información?

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