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Sentencia del Tribunal General de 24 de septiembre de 2015 — Alemania/Comisión

(Asunto T-557/13) 1

FEOGA — Sección “Garantía” — FEAGA y FEADER — Gastos excluidos de la financiación — Gastos efectuados en el marco del sistema europeo de contingentes para la producción de fécula de patata — Derecho de defensa»)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: República Federal de Alemania (representantes: T. Henze y J. Möller, agentes)

Demandada: Comisión Europea (representantes: B. Eggers y P. Rossi, agentes)

Parte interviniente en apoyo de la parte demandante: Reino de los Países Bajos (representantes: M.K. Bulterman, C.S. Schillemans y J. Langer, agentes)

Objeto

Recurso de anulación de la Decisión de Ejecución 2013/433/UE de la Comisión, de 13 de agosto de 2013, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la Sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) (DO L 219, p. 49), en la medida en que aplica una corrección financiera a la República Federal de Alemania en el marco del régimen europeo de contingentes para la producción de fécula de patata respecto a los ejercicios 2003 a 2005 por un importe total 6 192 951,34 euros.

Fallo

Anular la Decisión de Ejecución 2013/433/UE de la Comisión, de 13 de agosto de 2013, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la Sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA), al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en la medida en que aplica una corrección financiera a la República Federal de Alemania en el marco del régimen europeo de contingentes para la producción de fécula de patata respecto a los ejercicios 2003 a 2005.

Condenar en costas a la Comisión Europea.

El Reino de los Países Bajos cargará con sus propias costas.

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1 DO C 9, de 11.1.2014.