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Petición de decisión prejudicial planteada por el Landesverwaltungsgericht Steiermark (Austria) el 13 de abril de 2021 — Porr Bau GmbH / Bezirkshauptmannschaft Graz-Umgebung

(Asunto C-238/21)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Landesverwaltungsgericht Steiermark

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Porr Bau GmbH

Autoridad recurrida: Bezirkshauptmannschaft Graz-Umgebung

Cuestiones prejudiciales

¿Se opone el artículo 6, apartado 1, de la Directiva 2008/98/CE 1 a una normativa nacional con arreglo a la cual el fin de la condición de residuo solo se produce cuando los residuos o los bienes potencialmente reciclables o las sustancias que se hayan obtenido a partir de ellos se utilicen directamente en sustitución de materias primas o de productos elaborados a partir de materias primas originales o cuando se hayan preparado para su reutilización?

En caso de respuesta negativa a la primera cuestión:

¿Se opone el artículo 6, apartado 1, de la Directiva 2008/98 a una normativa nacional con arreglo a la cual, en el caso del material de excavación, el fin de la condición de residuo podrá producirse, como pronto, mediante la sustitución de materias primas o de productos elaborados a partir de materias primas originales?

En caso de respuesta negativa a alguna de las cuestiones primera o segunda:

¿Se opone el artículo 6, apartado 1, de la Directiva 2008/98 a una normativa nacional con arreglo a la cual, en el caso del material de excavación, el fin de la condición de residuo no podrá producirse si no se cumplen, o no se cumplen totalmente, ciertos criterios formales (en particular, obligaciones de registro y documentación) sin incidencia medioambiental en la medida adoptada, aunque se haya demostrado que el material de excavación no supera los valores límite (categoría de calidad) que deben respetarse para el uso concreto previsto?

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1 Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas Directivas (DO 2008, L 312, p. 3).