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Comunicación al DO

 

    SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA

    de 3 de abril de 2003

en el asunto T-119/02: Royal Philips Electronics NV contra Comisión de las Comunidades Europeas (1)

(Competencia ( Concentraciones ( Admisibilidad ( Compromisos durante la primera fase de examen ( Dudas serias sobre la compatibilidad con el mercado común ( Reenvío parcial a las autoridades nacionales)

    (Lengua de procedimiento: inglés)

En el asunto T-119/02, Royal Philips Electronics NV, con domicilio social en Eindhoven (Países Bajos), representada por los Sres. E.H. Pijnacker Hordijk y N.G. Cronstedt, abogados, apoyada por De_Longhi SpA, con domicilio social en Treviso (Italia), representada por los Sres. M. Merola, I. van Schendel, G. Crichlow y D.P. Domenicucci, abogados, contra Comisión de las Comunidades Europeas (agentes: Sra. V. Superti, Sres. K. Wiedner y J.E. Flynn), apoyada por SEB SA, con domicilio social en Écully (Francia), representada por los Sres. D. Voillemot y S. Hautbourg, abogados, y por República Francesa (agentes: Sres. G. de Bergues y F. Million), que tiene por objeto la anulación, en primer lugar, de la Decisión SG (2002) D/228078 de la Comisión, de 8 de enero de 2002, adoptada con arreglo al artículo 6, apartados 1, letra b), y 2, del Reglamento (CEE) nº 4064/89 y del artículo 57 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, mediante la cual la Comisión resolvió no oponerse a la concentración entre SEB y Moulinex y declararla compatible con el mercado común y con el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, siempre que se respeten los compromisos propuestos (asunto COMP/M.2621 ( SEB/Moulinex) y, en segundo lugar, de la Decisión C (2002) 38 de la Comisión, de 8 de enero de 2002, adoptada conforme al artículo 9, apartado 2, letra a), del Reglamento (CEE) nº 4064/89, mediante la que se reenvía a las autoridades francesas el examen parcial de dicha concentración, el Tribunal de Primera Instancia (Sala Tercera), integrado por el Sr. K. Lenaerts, Presidente, y los Sres. J. Azizi y M. Jaeger, Jueces; Secretario: Sr. J. Plingers, administrador, ha dictado el 3 de abril de 2003 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

1)    Desestimar el recurso.

2)    La demandante cargará con sus propias costas, así como con las de la Comisión y SEB.

3)    De'Longhi cargará con sus propias costas.

4)    La República Francesa cargará con sus propias costas.

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1 - )DO C 169 de 13.7.2002.