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Comunicación al DO

 

Recurso interpuesto el 17 de abril de 2002 contra la Comisión de las Comunidades Europeas por Mitsubishi HiTec Paper Bielefeld GmbH

    (Asunto T-122/02)

    Lengua de procedimiento: inglés

En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 17 de abril de 2002 un recurso contra la Comisión de las Comunidades Europeas formulado por Mitsubishi HiTec Paper Bielefeld GmbH, representada por los Sres. Andrzej W.J. Kmiecik e Ivo Van Bael de Van Bael & Bellis, Bruselas (Bélgica).

La parte demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

(Anule el artículo 1 de la Decisión en la medida en que afirma que la demandante participó en una infracción antes del 1 de enero de 1993.

(Reduzca el importe de la multa impuesta a la demandante.

(Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones:

Mediante el presente recurso, la demandante impugna parte de la Decisión de la Comisión, de 20 de diciembre de 2001, en el asunto COMP/E-1/36.212 ( Papel autocopiativo, en la que la Comisión afirmó que la demandante había infringido el artículo 81 CE, apartado 1 y el artículo 53, apartado 1, del acuerdo EEE participando en un conjunto de acuerdos y prácticas concertadas en el sector del papel autocopiativo entre enero de 1992 y septiembre de 1995, e impuso una multa a la demandante.

Según la demandante, la Comisión no demostró su participación en una infracción antes de enero de 1993. La demandante alega que no hay pruebas de que participara en 1992 en las reuniones generales ni en las reuniones nacionales o regionales del cartel. Por consiguiente, no se cumple el requisito de la carga de la prueba y por ello, debería reducirse la multa.

La demandante alega además que la multa impuesta es desproporcionada con respecto a su volumen de negocios en el mercado de referencia y que la aplicación por parte de la Comisión de la Comunicación sobre la cooperación 1 aplicable en ese momento viola los principios de confianza legítima y de igualdad de trato.

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1 - Comunicación de la Comisión relativa a la no imposición de multas o a la reducción de su importe en los asuntos relacionados con acuerdos entre empresas (DO 207, 18/07/1996 p. 4).