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Comunicación al DO

 

Recurso interpuesto el 20 de mayo de 2003 contra la Comisión de las Comunidades Europeas por el Sr. Franco Cozzani

    (Asunto T-174/03)

    (Lengua de procedimiento: francés)

En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 20 de mayo de 2003 un recurso contra la Comisión de las Comunidades Europeas formulado por el Sr. Franco Cozzani, con domicilio en Bruselas, representado por Me Eric Boigelot, abogado.

La parte demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

(Anule la decisión de la Autoridad competente para celebrar los contratos de 14 de agosto de 2002 de no incluir al demandante en la lista de los funcionarios y de los agentes temporales retribuidos con cargo a los créditos de investigaciones considerados con mayores méritos para obtener un ascenso/reclasificación en 2002, lista que se publicó en las Informaciones administrativas del mismo día (1A ( 70-2002).

(En la medida en que sea necesario, anule la decisión de la Autoridad competente para celebrar los contratos de 16 de agosto de 2002 de ascender o reclasificar al grado A4 a los funcionarios y agentes temporales retribuidos con cargo a los créditos de investigaciones cuyos nombres figuran en la lista que se publicó en las Informaciones administrativas del mismo día (1A ( 70-2002).

(Anule la decisión implícita de desestimación de la reclamación presentada el 11 de noviembre de 2002 por el demandante con arreglo al artículo 90, apartado 2, del Estatuto, que fue inscrita en el registro el mismo día con el nº R/573/02 y mediante la que solicitó éste que se anulase la decisión impugnada.

(Como consecuencia de dichas anulaciones, añada el nombre del demandante a la lista de las personas con mayores méritos y le conceda la reclasificación al grado A4 en el ejercicio de promoción 2002.

(Condene a la parte demandada a pagar al demandante la cantidad de 15.000 euros en concepto de indemnización por el perjuicio moral y de carrera que se le ha irrogado.

(Condene en costas a la parte demandada, con arreglo al artículo 87, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, el demandante invoca la infracción del artículo 25, párrafo segundo, del Estatuto, por la supuesta falta de motivación de la decisión de no ascenderle, la infracción de los artículos 10 y 15 del Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas, un error manifiesto de apreciación y la violación de los principios de igualdad de trato, de perspectivas de carrera y de salvaguarda de la confianza legítima así como el incumplimiento del deber de asistencia y protección.

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