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Recurso de casación interpuesto el 6 de julio de 2009 por la Comisión de las Comunidades Europeas contra la sentencia dictada por el Tribunal de la Función Pública el 28 de abril de 2009 en los asuntos acumulados F-5/05, Violetti y otros/Comisión, y F-7/05, Schmit/Comisión

(Asunto T-261/09 P)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Comisión de las Comunidades Europeas (representantes: J. Currall y J.-P. Keppenne, agentes)

Otras partes en el procedimiento: Antonello Violetti (Cittiglio, Italia), Nadine Schmit (Ispra, Italia), Consejo de la Unión Europea, Anna Bassi Perucchini (Reno di Leggiuno, Italia), Marco Basso (Varano Borghi, Italia), Ernesto Brognieri (Barasso, Italia), Sergio Brusorio (Sesto Calende, Italia), Natale Cao (Ispra), Renato Cazzaniga (Ispra), Elvidio Flammini (Varese, Italia), Luigi Magistri (Ispra), Reginella Molinari Canale (Ispra), Giuseppe Morelli (Besozzo, Italia), Nadia Valentini (Varese) y Giuseppe Zara (Ispra)

Pretensiones de la parte recurrente

Que se anule la sentencia del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea de 28 de abril de 2009, en los asuntos acumulados Violetti y otros/Comisión, F-5/05 y F-7/05, en la medida en que esta sentencia declaró admisibles los recursos de anulación interpuestos contra la decisión de la OLAF de comunicar datos a las autoridades italianas.

Que el propio Tribunal de Primera Instancia, en los presentes asuntos, declare inadmisibles los recursos de anulación de los demandantes.

Que se condene a los demandantes en primera instancia a cargar con las costas del proceso, incluidas las del procedimiento ante el Tribunal de la Función Pública.

Motivos y principales alegaciones

Mediante el presente recurso de casación, la Comisión solicita la anulación de la sentencia del Tribunal de la Función Pública (TFP) de 28 de abril de 2009, en los asuntos acumulados Violetti y otros/Comisión, F-5/05 y F-7/05, por la que el TFP anuló la decisión de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) de trasmitir datos sobre los demandantes en primera instancia a las autoridades judiciales italianas y condenó a la Comisión a indemnizar con 3.000 euros a cada demandante por daños y perjuicios.

En apoyo de su recurso de casación, la Comisión invoca un motivo único, basado en la infracción del artículo 90 bis del Estatuto de los funcionarios de las Comunidades Europeas, en la medida en que el TFP vulneró el Derecho comunitario y cometió errores de motivación al ignorar la jurisprudencia reiterada de que los actos preparatorios como la apertura de una investigación de la OLAF, el informe final de la OLAF y el inicio de un procedimiento disciplinario no son lesivos. La Comisión alega que esta jurisprudencia es extrapolable al artículo 90 bis del Estatuto de los Funcionarios de las Comunidades Europeas relativo a la posibilidad de presentar una reclamación contra los actos de la OLAF.

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