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Petición de decisión prejudicial planteada por la Corte suprema di cassazione (Italia) el 8 de febrero de 2024 — Questore della Provincia di Ragusa, Ministero dell’Interno / M. A.

(Asunto C-105/24, Questore della Provincia di Ragusa e Ministero dell’Interno — II)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Corte suprema di cassazione

Partes en el procedimiento principal

Recurrentes: Questore della Provincia di Ragusa, Ministero dell’Interno

Recurrida: M. A.

Cuestión prejudicial

¿Se oponen los artículos 8 y 9 de la Directiva 2013/33/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por la que se aprueban normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional, 1 habida cuenta asimismo de los fines que se desprenden de sus considerandos 15 y 20, a una normativa nacional que prevé, como medida alternativa al internamiento del solicitante (que no haya entregado su pasaporte u otro documento equivalente), el depósito de una fianza con un importe fijo (fijado para el año 2023 en 4 938,00 euros, a pagar individualmente de una sola vez, mediante garantía bancaria o póliza de seguro de caución) y no variable, sin permitir que dicho importe se ajuste en modo alguno a la situación individual del solicitante, ni la posibilidad de aportar tal garantía mediante la intervención de terceros, ni siquiera en el marco de formas de solidaridad familiar, imponiendo, así, un régimen que puede obstaculizar la utilización de la medida alternativa por quienes no disponen de recursos suficientes, e impidiendo la adopción de una decisión motivada que examine y valore, caso por caso, el carácter razonable y la proporcionalidad de tal medida en relación con la situación del solicitante?

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1 DO 2013, L 180, p. 96