Sentencia del Tribunal General de 5 de octubre de 2011 - Cooperativa Vitivinícola Arousana/OAMI - Sotelo Ares (ROSALIA DE CASTRO)
[("Marca comunitaria - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca denominativa comunitaria ROSALIA DE CASTRO - Marca denominativa nacional anterior ROSALIA - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Similitud entre los productos - Apreciación de la similitud entre los signos en el plano conceptual - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) nº 207/2009"]
Lengua de procedimiento: español
Partes
Demandante: Cooperativa Vitivinícola Arousana, S. Coop Galega (Meaño, Pontevedra) (representante: E. Sánchez-Quiñones González, abogado)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (representante: J. Crespo Carrillo, agente)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso, que interviene ante el Tribunal General: María Constantina Sotelo Ares (Cambados, Pontevedra) (representante: C. Lema Devesa, abogado)
Objeto
Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 19 de julio de 2010 (asunto R 1804/2008-4), relativa a un procedimiento de oposición entre María Constantina Sotelo Ares y Cooperativa Vitivinícola Arousana, S. Coop. Galega.
Fallo
Desestimar el recurso.
Condenar en costas a Cooperativa Vitivinícola Arousana, S. Coop. Galega.
____________1 - DO C 301, de 6.11.2010.