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Recurso interpuesto el 7 de marzo de 2014 — Calberson GE/Comisión

(Asunto T-164/14)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Calberson GE (Villeneuve-la-Garenne, Francia) (representantes: T. Gallois y E. Dereviankine, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

—    Condene a la Comisión Europea a abonarle las cuantías siguientes:

—    Gastos financieros generados por el retraso en la cancelación de las garantías de suministro: 7 691,60 euros (IVA incluido);

—    Intereses de demora generados entre la fecha de vencimiento de las facturas de transporte y el momento de su pago efectivo: 81 817,25 euros (sin impuestos) y 6 344,17 USD;

—    «Intereses de demora sobre los intereses de demora»: 2 % por mes de retraso en el pago de los intereses de demora antes mencionados [de 81 817,25 euros (sin impuestos) y 6 344,17 USD];

—    Saldo de una factura de transporte: 17 400 euros (IVA incluido);

—    Diferencial de un tipo de cambio: 30 580,41 euros (IVA incluido);

—    Condene en costas a la Comisión Europea.

Motivos y principales alegaciones

A raíz de los Reglamentos nos 111/1999 1 y 1799/1999, 2 la demandante es adjudicataria de un contrato cuyo objeto es el transporte de carne de vacuno a la Federación de Rusia en el marco del programa de suministro a dicho país de productos agrícolas.

Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de 17 de enero de 2013, Geodis Calberson GE (C-623/11) que atribuye al juez de la Unión la competencia para conocer las demandas de indemnización de perjuicios derivados de las faltas en que haya incurrido el organismo nacional de intervención, la demandante solicita que se le indemnice el perjuicio que afirma haber sufrido al ejecutar dicho contrato.

Así, la demandante alega que el organismo nacional de intervención, FranceAgriMer, incurrió en faltas —a saber: i) retraso en la cancelación de las garantías de correcta ejecución del contrato prestadas por la demandante; ii) retraso en el pago de facturas no impugnadas; iii) impago de ciertas facturas no impugnadas; e iv) pago de ciertas facturas en una moneda distinta a la establecida en el contrato— que le generaron un perjuicio.

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1  Reglamento (CE) nº 111/1999 de la Comisión de 18 de enero de 1999 por el que se establecen las disposiciones generales de aplicación del Reglamento (CE) nº 2802/98 del Consejo relativo a un programa de suministro de productos agrícolas destinados a la Federación de Rusia (DO L 14, p. 3).

2  Reglamento (CE) nº 1799/1999 de la Comisión, de 16 de agosto de 1999, relativo al suministro a Rusia de carne de vacuno (DO L 217, p. 20).