Language of document : ECLI:EU:T:2021:795


 


 



Sentencia del Tribunal General (Sala Décima) de 17 de noviembre de 2021 — Jakober/EUIPO (Forma de una taza)

(Asunto T658/20)

«Marca de la Unión Europea — Solicitud de marca tridimensional de la Unión — Forma de una taza — Motivo de denegación absoluto — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.º 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001] — Falta de carácter distintivo adquirido por el uso — Artículo 7, apartado 3, del Reglamento n.º 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 3, del Reglamento 2017/1001]»

1.      Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Marcas tridimensionales constituidas por la forma del producto — Carácter distintivo — Criterios de apreciación

[Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra b)]

(véanse los apartados 14, 15, 19, 20, 32 y 37)

2.      Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Marca tridimensional constituida por la forma de una taza

[Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 1, letra b)]

(véanse los apartados 31, 35, 36, 40 y 43)

3.      Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Apreciación del carácter registrable de un signo — Consideración exclusiva de la normativa de la Unión — Resoluciones dictadas por las autoridades nacionales que no vinculan a los órganos de la Unión

[Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo]

(véase el apartado 41)

4.      Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Excepción — Adquisición del carácter distintivo como consecuencia del uso — Carga de la prueba

[Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 3]

(véase el apartado 45)

5.      Marca de la Unión Europea — Definición y adquisición de la marca de la Unión — Motivos de denegación absolutos — Marcas carentes de carácter distintivo — Excepción — Adquisición del carácter distintivo como consecuencia del uso — Criterios de apreciación

[Reglamento (CE) n.º 207/2009 del Consejo, art. 7, ap. 3]

(véanse los apartados 46 a 49)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 20 de agosto de 2020 (asunto R 554/2020‑5), relativa a una solicitud de registro de un signo tridimensional constituido por la forma de una taza como marca de la Unión Europea.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas al Sr. Philip Jakober.