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Recurso interpuesto el 17 de junio de 2021 — ClientEarth/Comisión

(Asunto T-354/21)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: ClientEarth AISBL (Bruselas, Bélgica) (representantes: O. Brouwer, B. Verheijen y T. van Helfteren, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la decisión de la demandada de 7 de abril de 2021 por la que se denegó el acceso a los documentos solicitados, con arreglo al Reglamento (CE) n.º 1049/2001 1 y al Reglamento (CE) n.º 1367/2006, 2 sobre la situación de la aplicación del sistema de control de la pesca en Francia y Dinamarca y sobre la existencia de asuntos piloto y procedimientos de infracción en la Unión Europea en relación con la aplicación del Reglamento (CE) n.º 1224/2009. 3

Condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.

Primer motivo, basado en que la demandada incurrió en errores de Derecho y en errores manifiestos de apreciación que dieron lugar a la aplicación incorrecta de la excepción relativa a las actividades de «inspección, investigación y auditoría» de conformidad con el artículo 4, apartado 2, tercer guion, del Reglamento relativo a la transparencia y con el artículo 6, apartado 1, del Reglamento (CE) n.º 1367/2006, y también en el incumplimiento del deber de motivación.

Segundo motivo, basado en que la parte demandada desestimó erróneamente la existencia de una razón imperiosa de interés general para la divulgación de los documentos solicitados.

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1 Reglamento (CE) n.º 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO 2001, L 145, p. 43).

2 Reglamento (CE) n.º 1367/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de septiembre de 2006, relativo a la aplicación, a las instituciones y a los organismos comunitarios, de las disposiciones del Convenio de Aarhus sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente (DO 2006, L 264, p. 13).

3 Reglamento (CE) n.º 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común, se modifican los Reglamentos (CE) n.º 847/96, (CE) n.º 2371/2002, (CE) n.º 811/2004, (CE) n.º 768/2005, (CE) n.º 2115/2005, (CE) n.º 2166/2005, (CE) n.º 388/2006, (CE) n.º 509/2007, (CE) n.º 676/2007, (CE) n.º 1098/2007, (CE) n.º 1300/2008 y (CE) n.º 1342/2008 y se derogan los Reglamentos (CEE) n.º 2847/93, (CE) n.º 1627/94 y (CE) n.º 1966/2006 (DO 2009, L 343, p. 1).