Sentencia del Tribunal General de 27 de noviembre de 2014 — Alstom Grid/Comisión
(Asunto T-521/09) 1
(«Competencia — Prácticas colusorias — Mercado de los transformadores de potencia — Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 81 CE y del artículo 53 del Acuerdo EEE — Acuerdo de reparto de mercado — Comunicación sobre la cooperación de 2002 — Dispensa de la multa — Confianza legítima — Obligación de motivación»)
Lengua de procedimiento: francés
Partes
Demandante: Alstom Grid SAS, anteriormente Areva T&D SAS (París, Francia) (representantes: inicialmente A. Schild, C. Simphal y E. Estellon, y posteriormente J. Derenne, A. Müller-Rappard y M. Domecq, abogados)
Demandada: Comisión Europea (representantes: inicialmente A. Bouquet, N. von Lingen y K. Mojzesowicz, y posteriormente A. Bouquet, K. Mojzesowicz y P. van Nuffel, agentes)
Objeto
Recurso de anulación de la Decisión C(2009) 7601 final de la Comisión, de 7 de octubre de 2009, relativa a un procedimiento con arreglo a lo dispuesto en el artículo 81 CE y en el artículo 53 EEE (Asunto COMP/39.129 — Transformadores de potencia).
Fallo
Desestimar el recurso.
Condenar en costas a Alstom Grid SAS.
________________________1 DO C 51, de 27.2.2010.