Language of document : ECLI:EU:T:2014:754





Auto del Tribunal General (Sala Quinta) de 3 de septiembre de 2014 — Kėdainių rajono Okainių y otros/Consejo y Comisión

(Asunto T‑386/13)

«Recurso de anulación — Política agrícola común — Regímenes de ayuda directa en favor de los agricultores — Autorización de la concesión de pagos directos nacionales complementarios en Lituania para el año 2012 — Plazo para recurrir — Inicio del cómputo — Inadmisibilidad — Excepción de ilegalidad»

1.                     Recurso de anulación — Plazos — Carácter de orden público — Examen de oficio por el juez de la Unión (Art. 263 TFUE, párr. 6; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 102, ap. 2) (véanse los apartados 27 y 28)

2.                     Recurso de anulación — Plazos — Inicio del cómputo — Acto no publicado ni notificado al demandante — Conocimiento exacto del contenido y de la motivación — Obligación de solicitar el texto completo del acto en un plazo razonable una vez conocida su existencia (Art. 263 TFUE, párr. 6) (véanse los apartados 29 a 32)

3.                     Excepción de ilegalidad — Carácter incidental — Inadmisibilidad del recurso principal — Inadmisibilidad de la excepción (Art. 277 TFUE) (véase el apartado 47)

Objeto

Por un lado, la anulación de la Decisión de Ejecución de la Comisión C(2012) 4391 final, de 2 de julio de 2012, por la que se autoriza la concesión de pagos directos nacionales complementarios en Lituania para el año 2012 y, por otro lado, una demanda para que se declare la ilegalidad parcial del Reglamento (CE) nº 73/2009 del Consejo, de 19 de enero de 2009, por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa a los agricultores en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores y por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 1290/2005, (CE) nº 247/2006, (CE) nº 378/2007 y se deroga el Reglamento (CE) nº 1782/2003 (DO L 30, p. 16).

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

Kėdainių rajono Okainių ŽŪB y los demás 134 demandantes que figuran en el anexo cargarán, además de con sus propias costas, con las costas en que incurrió el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea.

3)

La República de Lituania cargará con sus propias costas.