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Recurso interpuesto el 14 de febrero de 2024 — Dassault aviation/Comisión

(Asunto T-77/24)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Dassault aviation (París, Francia) (representante: E. Mignon, abogada)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Declare el recurso de anulación admisible y fundado.

Anule la sección 3.21 del anexo I del Reglamento Delegado (UE) 2021/2139, 1 introducida por el punto 2) del anexo I del Reglamento Delegado (UE) 2023/2485 2 de la Comisión Europea, de 27 de junio de 2023, que modifica el Reglamento Delegado (UE) 2021/2139 por el que se establecen criterios técnicos de selección adicionales para determinar las condiciones en las que se considera que una actividad económica contribuye de forma sustancial a la mitigación del cambio climático o a la adaptación al mismo, y para determinar si esa actividad económica no causa un perjuicio significativo a ninguno de los demás objetivos medioambientales.

Condene a la Comisión a cargar con la totalidad de las costas.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca seis motivos.

Primer motivo, basado en la falta de competencia de la Comisión para adoptar la sección 3.21 del anexo I del Reglamento Delegado (UE) 2021/2139, introducida por el punto 2) del anexo I del Reglamento impugnado. La demandante sostiene que el Reglamento Delegado 2023/2485 fue adoptado sobre la base de un Reglamento de base (el Reglamento 2020/852 de 18 de junio de 2020, denominado «Reglamento sobre la taxonomía») que no podía delegar en la Comisión la facultad de añadir en la taxonomía o excluir de ella segmentos enteros de la economía.

Segundo motivo, basado en vicios sustanciales de forma, que se divide en dos partes, basadas, en primer lugar, en que la Comisión no reunió «todo el conocimiento necesario» antes de adoptar el Reglamento Delegado 2023/2485 y, en segundo lugar, en que el Reglamento impugnado carece de toda motivación en lo que respecta a la exclusión de la fabricación de aeronaves de negocios de la taxonomía.

Tercer motivo, basado en la violación del principio de seguridad jurídica debido a la falta de una definición de aviación de negocios en el Reglamento Delegado 2023/2485.

Cuarto motivo, basado en el incumplimiento, por el Reglamento Delegado 2023/2485, del artículo 19 del Reglamento sobre la taxonomía, que establece los principios que deben guiar la elaboración de los criterios técnicos de selección.

Quinto motivo, basado en la comisión de un error manifiesto de apreciación en la medida en que la Comisión no tuvo en cuenta todos los hechos pertinentes que permitían justificar su decisión.

Sexto motivo, basado en la violación del principio de igualdad en la medida en que el Reglamento Delegado 2023/2485 trata de manera distinta e injusta a los fabricantes de aviones de negocios en comparación con los fabricantes de otros aviones.

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1 Reglamento Delegado (UE) 2021/2139 de la Comisión, de 4 de junio de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2020/852 y por el que se establecen los criterios técnicos de selección para determinar las condiciones en las que se considera que una actividad económica contribuye de forma sustancial a la mitigación del cambio climático o a la adaptación al mismo, y para determinar si esa actividad económica no causa un perjuicio significativo a ninguno de los demás objetivos ambientales (DO 2021, L 442, p. 1).

1 Reglamento Delegado (UE) 2023/2485 de la Comisión, de 27 de junio de 2023, que modifica el Reglamento Delegado (UE) 2021/2139 por el que se establecen criterios técnicos de selección adicionales para determinar las condiciones en las que se considera que una actividad económica contribuye de forma sustancial a la mitigación del cambio climático o a la adaptación al mismo, y para determinar si esa actividad económica no causa un perjuicio significativo a ninguno de los demás objetivos medioambientales (DO L, 2023/2485).