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Petición de decisión prejudicial planteada por el Spetsializiran nakazatelen sad (Bulgaria) el 8 de marzo de 2022 — Proceso penal contra BK

(Asunto C-175/22)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Spetsializiran nakazatelen sad

Partes en el procedimiento principal

BK

Cuestiones prejudiciales

¿Se opone el artículo 6, apartados 3 y 4, de la Directiva 2012/13 1 a una interpretación jurisprudencial de las disposiciones de Derecho nacional del artículo 301, apartado 1, punto 2, en relación con el artículo 287, apartado 1, del Nakazatelno protsesualen kodeks (Código de Enjuiciamiento Criminal), según la cual el órgano jurisdiccional, en su sentencia, puede formular una calificación legal de los hechos distinta de la del escrito de acusación, siempre que ello no conlleve determinar un delito de mayor gravedad, al no haber sido debidamente informado el acusado de la nueva y diferente calificación legal antes del pronunciamiento de la sentencia y no haber podido defenderse contra tal calificación?

En caso de respuesta afirmativa a la cuestión anterior, ¿se opone el artículo 47, párrafo segundo, de la Carta a que el órgano jurisdiccional informe al acusado de que puede dictar su decisión sobre el fondo del asunto fundándose en otra calificación legal de los hechos y le ofrezca además la oportunidad de preparar su defensa contra la nueva acusación, dado que esa otra calificación legal no procede de la Fiscalía?

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1 Directiva 2012/13/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativa al derecho a la información en los procesos penales (DO 2012, L 142, p. 1).