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Auto del Tribunal General de 21 de septiembre de 2011 - Etimine y Etiproducts/ECHA

(Asunto T-343/10) 1

("Recurso de anulación - REACH - Identificación del ácido bórico y de los tetraboratos de disodio como sustancias extremadamente preocupantes- Inexistencia de afectación directa - Inadmisibilidad")

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Etimine SA (Bettembourg, Luxemburgo); y AB Etiproducts Oy (Espoo, Finlandia) (representantes: C. Mereu y K. Van Maldegem, abogados)

Demandada: Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA) (representantes: M. Heikkilä y W. Broere, agentes, asistidos por J. Stuyck y A.-M. Vandromme, abogados)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes: P. Oliver y E. Manhaeve, agentes, asistidos por K. Sawyer, Barrister)

Objeto

Anulación de la decisión de la ECHA, publicada el 18 de junio de 2010, en la que se identifican el ácido bórico (CE nº 233-139-2) y los tetraboratos de disodio (CE nº 215-540-4) como sustancias que cumplen los criterios previstos como sustancias que cumplen los criterios previstos en el artículo 57 del Reglamento (CE) nº 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH), por el que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos, se modifica la Directiva 1999/45/CE y se derogan el Reglamento (CEE) nº 793/93 del Consejo y el Reglamento (CE) nº 1488/94 de la Comisión así como la Directiva 76/769/CEE del Consejo y las Directivas 91/155/CEE, 93/67/CEE, 93/105/CE y 2000/21/CE de la Comisión (DO L 396, p. 1), y por la que se incluyen dichas sustancias en la lista de las posibles sustancias que podrían ser incluidas en el anexo XIV de dicho Reglamento, conforme al artículo 59 del citado Reglamento

Fallo

Declarar el recurso inadmisible.

Etimine SA y AB Etiproducts Oy cargarán con sus propias costas y con las de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos (ECHA).

La Comisión Europea cargará con sus propias costas.

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1 - DO C 288, de 23.10.2010.