Language of document : ECLI:EU:T:2015:911





Auto del Tribunal General (Sala Quinta) de 24 de noviembre de 2015 — Delta Group agroalimentare/Comisión

(Asunto T‑163/15)

«Recurso de anulación — Mercado italiano de la carne de las aves de corral — Medidas de apoyo excepcionales para la resolución de problemas específicos relativos al sector de la carne de las aves de corral en Italia — Restituciones a la exportación de la carne de aves de corral con destino a ciertos países africanos — Denegación de la solicitud de medidas excepcionales presentada por la demandante — Acto no susceptible de recurso — Inadmisibilidad»

1.                     Procedimiento judicial — Obligación del Tribunal General de iniciar la fase oral antes de resolver sobre una excepción de inadmisibilidad — Inexistencia (Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 130, ap. 1) (véanse los apartados 18 y 19)

2.                     Recurso de anulación — Actos recurribles — Concepto — Actos que producen efectos jurídicos obligatorios — Actos que modifican la situación jurídica del demandante — Escrito de la Comisión por el que se deniega una solicitud de fijación de restituciones a la exportación en el sector de la carne de aves de corral — Exclusión — Inadmisibilidad del recurso del destinatario [Art. 263 TFUE; Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo] (véanse los apartados 25 a 28 y 38)

3.                     Agricultura — Organización común de mercados — Carne de aves de corral — Restituciones a la exportación — Derecho de una persona jurídica de solicitar la adopción de medidas para evitar perturbaciones del mercado o de medidas para resolver problemas específicos — Inexistencia [Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, arts. 219, ap. 1, y 221] (véanse los apartados 29 a 37)

Objeto

Recurso de anulación del escrito de la Comisión de 9 de febrero de 2015 [referencia Ares (2015) 528512], dirigido en respuesta a la solicitud presentada por la demandante para la adopción de medidas excepcionales de apoyo al mercado de la carne de las aves de corral, con arreglo al artículo 219, apartado 1, o al artículo 221 del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que el derogan los Reglamentos (CEE) nº 922/72, (CEE) nº 234/79, (CE) nº 1037/2001 y (CE) nº 1234/2007 (DO L 347, p. 671).

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

Delta Group agroalimentare Srl cargará con sus propias costas y con las de la Comisión Europea.