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Auto del Tribunal General de 11 de diciembre de 2023 — UY/Comisión

(Asunto T-108/23) 1

(«Recurso de anulación — Medicamentos para uso humano — Directiva 2001/83/CE — Autorización de comercialización del medicamento Spikevax — Vacuna contra la COVID-19 — Inexistencia de interés en ejercitar la acción — Inexistencia de afectación directa — Inexistencia de afectación individual — Inadmisibilidad»)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: UY (representante: R. Holzeisen, abogada)

Demandada: Comisión Europea (representantes: E. Mathieu y M. Noll-Ehlers, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, el demandante solicita la anulación, en primer lugar, de la Decisión de Ejecución C(2022) 7163 final de la Comisión, de 3 de octubre de 2022, por la que se concede la autorización de comercialización, con arreglo al Reglamento (CE) n.º 726/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, para el medicamento de uso humano «Spikevax — elasomerán» y se deroga la Decisión C(2021) 94 final, en segundo lugar, de la Decisión de Ejecución C(2021) 5686 final de la Comisión, de 23 de julio de 2021, por la que se modifica la autorización condicional de comercialización del medicamento para uso humano «Spikevax — Vacuna de ARNm frente a COVID-19 (con nucleósidos modificados)» concedida por la Decisión de Ejecución C(2021) 94 final, de 6 de enero de 2021, en tercer lugar, de la Decisión de Ejecución C(2021) 94 final por la que se concede una autorización condicional de comercialización, conforme al Reglamento (CE) n.º 726/2004, al medicamento para uso humano «COVID-19 Vaccine Moderna — Vacuna de ARNm frente a COVID-19 (con nucleósidos modificados)», en cuarto lugar, el anexo I, parte IV, punto 2.1, última frase, de la Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de noviembre de 2001, por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos para uso humano (DO 2001, L 311, p. 67), y, en quinto lugar, el anexo de la Directiva 2009/120/CE de la Comisión, de 14 de septiembre de 2009, por la que se modifica la Directiva 2001/83 en lo que se refiere a los medicamentos de terapia avanzada (DO 2009, L 242, p. 3).

Fallo

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

Sobreseer la demanda de intervención presentada por el Parlamento Europeo.

UY cargará con sus propias costas y con las de la Comisión Europea.

El Parlamento Europeo cargará con sus propias costas.

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1     DO C 155 de 2.5.2023.