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Recurso interpuesto el 18 de octubre de 2023 — London EV/Comisión

(Asunto T-1024/23)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: London EV Co. Ltd (Coventry, Reino Unido) (representantes: M. Struys y C. Verney, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule, en virtud del artículo 263 TFUE, la Decisión de Ejecución (UE) 2023/1623 de la Comisión, 1 en cuanto se refiere a London EV Co. Ltd (LEVC), por ser esta Decisión contraria a los objetivos del Reglamento (UE) 2019/631 del Parlamento Europeo y del Consejo 2 y del Acuerdo de París, 3 por menoscabar el efecto útil de estos actos y por ser contraria a determinados principios fundamentales de la Unión y, subsidiariamente, por incurrir en un error de Derecho, por suponer una intromisión en las competencias del legislador y por no estar suficientemente motivada.

Declare inaplicable o inválido, en virtud de los artículos 263 TFUE y 277 TFUE, el artículo 2, apartado 3, del Reglamento 2019/631 como tal, o como es interpretado o aplicado en el marco de la Decisión de Ejecución 2023/1623, por ser esta disposición contraria a los objetivos del Reglamento 2019/631 y del Acuerdo de París, por menoscabar el efecto útil de estos actos y por ser contraria a determinados principios fundamentales de la Unión.

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos.

Primer motivo, basado en que el artículo 2, apartado 3, del Reglamento 2019/631 como tal, o como es interpretado o aplicado en el marco de la Decisión de Ejecución 2023/1623, por lo que se refiere a LEVC, y fundado en la posición de los comités informales e infringiendo el artículo 6 de ese Reglamento, es contrario a los objetivos de dicho Reglamento y del Acuerdo de París, menoscaba el efecto útil de estos actos y es contrario a determinados principios fundamentales de la Unión, incluidos los principios de no discriminación, de necesidad y de proporcionalidad.

Segundo motivo, formulado con carácter subsidiario, basado en que la interpretación de la Comisión de la Directiva 2007/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo 1 [convertida en Reglamento (UE) 2018/858 del Parlamento Europeo y del Consejo 2 ], tal como se aplica en el marco del Reglamento 2019/631, es jurídicamente errónea y supone una intromisión en las competencias del legislador.

Tercer motivo, basado en que la Decisión de Ejecución 2023/1623, es ilegal y contraria a diferentes principios fundamentales de la Unión, ya que, por vía de la aplicación o la interpretación del artículo 2, apartado 3, del Reglamento 2019/631, priva a LEVC del beneficio efectivo de participar en acuerdos de agrupación.

Cuarto motivo, basado en que el artículo 2, apartado 3, del Reglamento 2019/631 como tal, o como es interpretado o aplicado en el marco de la Decisión de Ejecución 2023/1623 infringiendo el artículo 6 de ese Reglamento, es contrario al principio de igualdad de trato por excluir sistemáticamente del ámbito de aplicación del Reglamento 2019/631 a los vehículos accesibles en silla de ruedas

Quinto motivo, basado en el hecho de que la Comisión ha incumplido el deber de motivación establecido en el artículo 296 TFUE y ha vulnerado el derecho de la parte demandante a una buena administración consagrado en el artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea por haber basado su apreciación de que los vehículos adicionales notificados por LEVC están excluidos del ámbito de aplicación del Reglamento 2019/631 en un motivo breve y no fundamentado.

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1 Decisión de Ejecución (UE) 2023/1623 de la Comisión, de 3 de agosto de 2023, por la que se especifican los valores relativos al rendimiento de los fabricantes y las agrupaciones de fabricantes de turismos nuevos y vehículos comerciales ligeros nuevos para el año civil 2021 y los valores que deben utilizarse para el cálculo de los objetivos de emisiones específicas a partir de 2025, de conformidad con el Reglamento (UE) 2019/631 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por la que se corrige la Decisión de Ejecución (UE) 2022/2087 [notificada con el número C(2023) 5068] (DO 2023, L 200, p. 5).

1 Reglamento (UE) 2019/631 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, por el que se establecen normas de comportamiento en materia de emisiones de CO2 de los turismos nuevos y de los vehículos comerciales ligeros nuevos, y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.º 443/2009 y (UE) n.º 510/2011 (versión refundida) (DO 2019, L 111, p. 13).

1 Acuerdo de París, adoptado el 12 de diciembre de 2015 en el marco de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, aprobado en nombre de la Unión por la Decisión (UE) 2016/1841 del Consejo, de 5 de octubre de 2016, relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea, del Acuerdo de París aprobado en virtud de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (DO 2016, L 282, p. 1).

1 Directiva 2007/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de septiembre de 2007, por la que se crea un marco para la homologación de los vehículos de motor y de los remolques, sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos (Directiva marco) (DO 2007, L 263, p. 1)

1 Reglamento (UE) 2018/858 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre la homologación y la vigilancia del mercado de los vehículos de motor y sus remolques y de los sistemas, los componentes y las unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos, por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.º 715/2007 y (CE) n.º 595/2009 y por el que se deroga la Directiva 2007/46/CE (DO 2018, L 151, p. 1).