Language of document : ECLI:EU:F:2011:24

AUTO DEL TRIBUNAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA (Sala Segunda)

de 16 de marzo de 2011

Asunto F‑21/10

Luigi Marcuccio

contra

Comisión Europea

«Función pública — Funcionarios — Recurso de indemnización — Ilegalidad — Remisión de un escrito relativo a las costas de un asunto al abogado que había representado al demandante en ese asunto — Recurso manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno — Artículo 94 del Reglamento de Procedimiento»

Objeto: Recurso interpuesto al amparo del artículo 270 TFUE, aplicable al Tratado CEEA en virtud de su artículo 106 bis, en el que el Sr. Marcuccio solicita, por una parte, que se anule la decisión de la Comisión por la que se desestimó su solicitud de reparación del perjuicio que estimaba haber sufrido a causa de la remisión de un escrito relativo al pago de las costas en el asunto en que se dictó el auto del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas de 17 de mayo de 2006, Marcuccio/Comisión (T‑241/03), a su representante en dicho asunto y, por otra parte, que se condene a la Comisión a abonarle una indemnización de daños y perjuicios.

Resultado: Se declara el recurso manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno. El demandante cargará con la totalidad de las costas. Se condena al demandante a abonar al Tribunal de la Función Pública una suma de 2.000 euros.

Sumario

1.      Funcionarios — Recursos — Recurso de indemnización — Pretensión de anulación de la resolución administrativa previa por la que se deniega la solicitud de indemnización

(Estatuto de los Funcionarios, arts. 90 y 91)

2.      Procedimiento — Costas — Gastos injustificados o abusivos soportados por el Tribunal de la Función Pública a causa del recurso temerario de un funcionario

(Reglamento de Procedimiento del Tribunal de la Función Pública, art. 94)

1.      Las pretensiones de anulación de la decisión de una institución por la que se deniega una solicitud de indemnización en la fase administrativa previa no pueden apreciarse separadamente de las pretensiones de indemnización.

(véanse los apartados 19 y 20)

Referencia:

Tribunal de Primera Instancia: 14 de octubre de 2004, I/Tribunal de Justicia (T‑256/02), apartado 47 y jurisprudencia que allí se cita

2.      Con arreglo al artículo 94 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de la Función Pública, si este último ha incurrido en gastos que hubieran podido evitarse, en particular cuando el recurso fuera manifiestamente temerario, dicho Tribunal podrá condenar a la parte que los hubiera provocado a reembolsarlos total o parcialmente, sin que el importe de dicho reembolso pueda sobrepasar la cantidad de 2.000 euros.

Procede aplicar esta disposición en el caso del recurso de un funcionario que ha interpuesto ante los tribunales de la Unión un gran número de recursos que ya han sido declarados, al menos en parte, manifiestamente inadmisibles o manifiestamente carentes de fundamento jurídico alguno y cuyo recurso en el presente asunto presenta claramente un carácter injustificado y abusivo, pues el demandante ha optado por la vía contenciosa sin justificación alguna.

(véanse los apartados 33, 35 y 36)

Referencia:

Tribunal de Justicia: 9 de diciembre de 2009, Marcuccio/Comisión (C‑513/08 P); 9 de diciembre de 2009, Marcuccio/Comisión (C‑528/08 P)

Tribunal de Primera Instancia: 9 de septiembre de 2008, Marcuccio/Comisión (T‑143/08); 9 de septiembre de 2008, Marcuccio/Comisión (T‑144/08); 26 de junio de 2009, Marcuccio/Comisión (T‑114/08 P); 28 de septiembre de 2009, Marcuccio/Comisión (T‑46/08 P)

Tribunal General: 23 de marzo de 2010, Marcuccio/Comisión (T‑16/09 P); 28 de octubre de 2010, Marcuccio/Comisión (T‑32/09 P)

Tribunal de la Función Pública: 11 de mayo de 2007, Marcuccio/Comisión (F‑2/06); 6 de diciembre de 2007, Marcuccio/Comisión (F‑40/06); 14 de diciembre de 2007, Marcuccio/Comisión (F‑21/07); 4 de noviembre de 2008, Marcuccio/Comisión (F‑18/07); 4 de noviembre de 2008, Marcuccio/Comisión (F‑87/07); 18 de febrero de 2009, Marcuccio/Comisión (F‑70/07); 31 de marzo de 2009, Marcuccio/Comisión (F‑146/07), recurrido en casación ante el Tribunal General en el asunto T‑239/09 P, aún no resuelto; 20 de julio de 2009, Marcuccio/Comisión (F‑86/07), recurrido en casación ante el Tribunal General en el asunto T‑402/09 P, aún no resuelto; 7 de octubre de 2009, Marcuccio/Comisión (F‑122/07); 7 de octubre de 2009, Marcuccio/Comisión (F‑3/08/)