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Sentencia del Tribunal General de 28 de febrero de 2024 — Scandlines Danmark y Scandlines Deutschland/Comisión

(Asunto T-7/19) 1

(«Ayudas de Estado — Financiación pública para el proyecto de enlace fijo ferrocarril-carretera del estrecho de Fehmarn — Ayudas concedidas por Dinamarca a Femern y a Femern Landanlæg — Decisión por la que se declara que determinadas medidas no constituyen ayudas ilegales — Decisión de no formular objeciones — Retirada parcial del acto impugnado — Sobreseimiento parcial — Ámbito de aplicación del artículo 107 TFUE, apartado 1 — No incoación del procedimiento de investigación formal — Obligación de motivación»)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Scandlines Danmark ApS (Copenhague, Dinamarca), Scandlines Deutschland GmbH (Hamburgo, Alemania) (representante: L. Sandberg-Mørch, abogada)

Demandada: Comisión Europea (representantes: V. Bottka, C. Georgieva y S. Noë, agentes)

Partes coadyuvantes en apoyo de las demandantes: Aktionsbündnis gegen eine feste Fehmarnbeltquerung eV (Fehmarn, Alemania) (representantes: L. Sandberg-Mørch y W. Mecklenburg, abogados), Naturschutzbund Deutschland eV (NABU) (Stuttgart, Alemania) (representantes: L. Sandberg-Mørch y T. Hohmuth, abogados), Trelleborg Hamn AB (Trelleborg, Suecia) (representante: L. Sandberg-Mørch, abogada), Föreningen Svensk Sjöfart (FSS) (Gotemburgo, Suecia) (representante: L. Sandberg-Mørch, abogada)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Reino de Dinamarca (representantes: M. Søndahl Wolff, agente, asistida por R. Holdgaard, abogado)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, las demandantes solicitan la anulación de la Decisión C(2018) 6268 final de la Comisión, de 28 de septiembre de 2018, relativa a la ayuda de Estado SA.51981 (2018/FC), mediante la cual esta última consideró que las medidas adoptadas por el Reino de Dinamarca en relación con Femern A/S y Femern Landanlæg A/S no constituían ayudas de Estado ilegales y que no había motivos para formular objeciones a la aportación de capital en beneficio de Femern, que, en cualquier caso, era compatible con el mercado interior en el sentido del artículo 107 TFUE, apartado 3, letra b).

Fallo

Sobreseer la pretensión de anulación de la Decisión C(2018) 6268 final de la Comisión, de 28 de septiembre de 2018, relativa a la ayuda de Estado SA.51981 (2018/FC), en la parte en que se refiere a las medidas concedidas a favor de Femern A/S.

Desestimar el recurso en todo lo demás.

Scandlines Danmark ApS y Scandlines Deutschland GmbH cargarán con sus propias costas y con las de la Comisión Europea.

El Reino de Dinamarca cargará con sus propias costas.

Aktionsbündnis gegen eine feste Fehmarnbeltquerung eV, Naturschutzbund Deutschland eV (NABU), Trelleborg Hamn AB y Föreningen Svensk Sjöfart (FSS) cargarán con sus propias costas.

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1 DO C 72 de 25.2.2019.