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Recurso interpuesto el 7 de abril de 2009 - Muñoz Arraiza/OHMI - Consejo Regulador de la Denominación de Origen Calificada Rioja (RIOJAVINA)

(Asunto T-138/09)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: español

Partes

Demandante: Félix Muñoz Arraiza (Logroño, España) (representantes: J. Grimau Muñoz y J. Villamor Muguerza, abogados)

Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, diseños y modelos)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Consejo Regulador de la Denominación de Origen Calificada Rioja (Logroño, España)

Pretensiones de la parte demandante

Que se anule la resolución dictada por la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior en fecha 29 de enero de 2009 en el asunto R 721/2008-2, accediendo al registro de la solicitud de marca comunitaria "RIOJAVINA" (marca denominativa) en las clases 29, 30 y 35.

Que se haga expresa condena en costas.

Motivos y principales alegaciones

Solicitante de la marca comunitaria: El demandante.

Marca comunitaria solicitada: Marca verbal "RIOJAVINA" (solicitud de registro nº 4.121.621), para productos y servicios de las clases 29, 30 y 35.

Titular de la marca o signo que se invoca en el procedimiento de oposición: Consejo Regulador de la Denominación de Origen Calificada Rioja.

Marca o signo que se invoca en el procedimiento de oposición: Diversas marcas registradas, entre las que cabe destacar la marca figurativa comunitaria "RIOJA" (nº 226.118), para productos de la clase 33, y la marca figurativa internacional "RIOJA" (nº 655.291), para productos de la clase 33.

Resolución de la División de Oposición: Estimación parcial de la oposición.

Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso.

Motivos invocados: Aplicación incorrecta del artículo 8, apartado 1, el Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo, sobre la marca comunitaria (DO 1994, L 11, p. 1) [sustituido por el Reglamento(CE) n. 2007/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria, DO L 78, p. 1].

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