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Recurso de casación interpuesto el 3 de abril de 2024 por la Comisión Europea contra la sentencia del Tribunal General (Sala Octava ampliada) dictada el 24 de enero de 2024 en el asunto T-409/21, República Federal de Alemania / Comisión Europea

(Asunto C-242/24 P)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Comisión Europea (representantes: A. Bouchagiar, C.-M. Carrega, C. Kovács, agentes)

Otra parte en el procedimiento: República Federal de Alemania

Pretensiones de la parte recurrente

La recurrente solicita al Tribunal de Justicia que:

Anule la sentencia del Tribunal General (Sala Octava ampliada), de 24 de enero de 2024 en el asunto T-409/21, República Federal de Alemania/Comisión Europea.

Desestime por infundado el recurso interpuesto en primera instancia.

Con carácter subsidiario, anule la sentencia del Tribunal General de 24 de enero de 2024 en el asunto T-409/21, República Federal de Alemania/Comisión Europea, en lo que se refiere a las medidas enunciadas en el considerando 198, letras a) a d), de la Decisión C(2021) 3918 final de la Comisión de 3 de junio de 2021, relativa a la ayuda de Estado SA.56826 (2020/N) — Alemania — Reforma 2020 del Plan de Apoyo a la Cogeneración y a la ayuda de Estado SA.53308 (2019/N) — Alemania — Modificación del Plan de Apoyo a las Centrales de Cogeneración de Calor y Electricidad Existentes (artículo 13 de la KWKG).

Con carácter subsidiario, desestime el recurso interpuesto en primera instancia por infundado, en la medida en que se refiere a las medidas enunciadas en el considerando 198, letras a) a d), de la Decisión C(2021) 3918 final de la Comisión de 3 de junio de 2021, relativa a la ayuda de Estado SA.56826 (2020/N) — Alemania — Reforma 2020 del Plan de Apoyo a la Cogeneración y a la ayuda de Estado SA.53308 (2019/N) — Alemania — Modificación del Plan de Apoyo a las Centrales de Cogeneración de Calor y Electricidad Existentes (artículo 13 de la KWKG).

Condene en costas a la República Federal de Alemania.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso la recurrente invoca un único motivo.

En su único motivo, la recurrente alega que el Tribunal General incurrió en error al interpretar el elemento «fondos estatales» para calificar una medida de ayuda en virtud del artículo 107 TFUE, apartado 1.

En el marco de este motivo, la recurrente alega, en primer lugar, que el Tribunal General incurrió en error al considerar que el hecho de soportar la carga económica de las medidas de apoyo a la CHP por los gestores de las redes de distribución no constituye un impuesto u otra exacción obligatoria en el sentido de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia.

En segundo lugar, la recurrente alega en el marco de su único motivo que el Tribunal General incurrió en un error de Derecho, al considerar que la jurisprudencia del Tribunal de Justicia en el asunto PreussenElektra 1 no está limitada a supuestos en los que el Estado interviene en relación con la fijación del precio de una transacción —a través de la regulación de los precios de mercado, como, por ejemplo, la fijación de precios mínimos o regulados o de una cantidad mínima de compra— sino que, además, comprende también el supuesto en el que el Estado establece obligaciones de pago directas entre partes particulares, sin que estas se basen en una relación de transacción del tipo que sea.

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1 Asunto C-379/98 (EU:C:2001:160).