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Sentencia del Tribunal General de 10 de diciembre de 2010 - Ryanair/Comisión

(Asuntos T-494/08 a T-500/08 y T-509/08) 1

["Acceso a los documentos - Reglamento (CE) nº 1049/2001- Documentos relativos a los procedimientos de control de las ayudas de Estado - Denegaciones presuntas de acceso - Denegaciones explícitas de acceso - Excepción relativa a la protección del objetivo de las actividades de inspección, investigación y auditoría - Obligación de proceder a un examen concreto e individual"]

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Ryanair Ltd (Dublín) (representantes: E. Vahida e I.-G. Metaxas-Maragkidis, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: C. O'Reilly y P. Costa de Oliveira, agentes)

Objeto

Solicitud de anulación de las decisiones presuntas de la Comisión por las que se deniega a la demandante el acceso a determinados documentos relativos a procedimientos de control de supuestas ayudas de Estado que le habrían sido concedidas por los gestores de los aeropuertos de Aarhus (Dinamarca) (asunto T-494/08), Alghero (Italia) (asunto T-495/08), Berlín-Schönefeld (Alemania) (asunto T-496/08), Francfort-Hahn (Alemania) (asunto T-497/08), Lübeck-Blankensee (Alemania) (asunto T-498/08), Pau-Béarn (Francia) (asunto T-499/08), Tampere- Pirkkala (Finlandia) (asunto T-500/08) y Bratislava (Eslovaquia) (asunto T-509/08), así como, con carácter subsidiario, una solicitud de anulación de las decisiones explícitas posteriores por las que se deniega el acceso a los citados documentos.

Fallo

Acumular los asuntos T-494/08, T-495/08, T-496/08, T-497/08, T-498/08, T-499/08, T-500/08 y T-509/08 a efectos de la presente sentencia.

Debe declararse la inadmisibilidad de los recursos en la medida en que van dirigidos contra las decisiones presuntas de denegación de acceso en los asuntos T-494/08, T-495/08, T-499/08, T-500/08 y T-509/08.

    Sobreseer los recursos en los asuntos T-496/08, T-497/08 y T-498/08 en la medida en que van dirigidos contra las decisiones presuntas de denegación de acceso.

Desestimar los recursos en todo lo demás.

Condenar en costas a Ryanair Ltd en los asuntos T-494/08, T-495/08, T-499/08, T-500/08 y T-509/08.

La Comisión Europea cargará con sus propias costas, así como con las correspondientes a Ryanair Ltd en los asuntos T-496/08, T-497/08 y T-498/08.

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1 -

2 - DO C 32, de 7.2.2009.