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Petición de decisión prejudicial planteada por la Corte d’appello di Firenze (Italia) el 26 de marzo de 2024 — A.M. / Istituto nazionale della previdenza sociale (INPS)

(Asunto C-226/24, Barbavi 1 )

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Corte d’appello di Firenze

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: A.M.

Recurrida: Istituto nazionale della previdenza sociale (INPS)

Cuestiones prejudiciales

¿Debe interpretarse la cláusula 4, apartado 1, del Acuerdo marco en el sentido de que se opone a una disposición de un convenio colectivo de ámbito nacional, como la contemplada en el artículo 40 del CCNT [Convenio Colectivo Nacional de Trabajo], de 6 de julio de 2006, para los trabajadores agrícolas y floricultores, tal como ha sido interpretada por la Corte di Cassazione con carácter vinculante para el órgano jurisdiccional remitente, que reconoce al trabajador agrícola con contrato de duración determinada el derecho al pago de las horas efectivamente trabajadas durante la jornada, en contraposición con el artículo 30 de dicho CCNT, que reconoce al trabajador agrícola con contrato indefinido el derecho a una remuneración basada en una jornada laboral de seis horas y media?

En caso de respuesta afirmativa a la anterior cuestión prejudicial, ¿debe interpretarse la cláusula 4, apartado 1, del Acuerdo marco en el sentido de que la determinación del importe de las cotizaciones obligatorias a la seguridad social adeudadas en favor de los trabajadores agrícolas con contrato de duración determinada en el ámbito de un régimen profesional de seguridad social también forma parte de las condiciones de trabajo, de modo que este importe debe determinarse con arreglo al mismo criterio que se aplica a los trabajadores agrícolas con contrato indefinido, es decir, sobre la base de la jornada laboral diaria fijada en un convenio colectivo y no sobre la base de las horas efectivamente trabajadas?

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1 La denominación del presente asunto es ficticia. No se corresponde con el nombre de ninguna parte en el procedimiento.