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Petición de decisión prejudicial planteada por el Finanzgericht Köln (Alemania) el 23 de febrero de 2024 — Fundación familiar / Finanzamt Köln-West

(Asunto C-142/24, Fundación familiar)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Finanzgericht Köln

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Fundación familiar

Demandada: Finanzamt Köln-West

Cuestión prejudicial

¿Debe interpretarse el artículo 40 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Acuerdo EEE), de 2 de mayo de 1992, en el sentido de que se opone a una normativa nacional de un Estado miembro sobre tributación por el impuesto sobre sucesiones y donaciones que aplica el grupo III (el más oneroso) a la transmisión de bienes inter vivos a una fundación extranjera como consecuencia del acto fundacional de la fundación aun cuando la fundación se constituya esencialmente en interés de una familia o de determinadas familias (fundación familiar), mientras que, en un caso equivalente, para una fundación familiar nacional, dicho grupo se determina en función de la relación de parentesco que exista entre el transmitente (fundador) y aquel adquirente que según la escritura de constitución de la fundación tenga el parentesco más lejano con el transmitente, lo cual lleva a la aplicación de los grupos I o II (menos onerosos) a la fundación familiar nacional?

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