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Sentencia del Tribunal General de 14 de junio de 2018 — Emcur/EUIPO — Emcure Pharmaceuticals (EMCURE)

(Asunto T-165/17) 1

[«Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca denominativa de la Unión EMCURE — Marcas denominativas anteriores de la Unión y nacional EMCUR — Motivo de denegación relativo — Similitud de los productos y servicios — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.º 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]»]

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Emcur Gesundheitsmittel aus Bad Ems GmbH (Bad Ems, Alemania) (representante: K. Bröcker, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: M. Rajh, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Emcure Pharmaceuticals Ltd (Bhosari, India)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 13 de diciembre de 2016 (asunto R 790/2016-2), relativa a un procedimiento de oposición entre Emcur Gesundheitsmittel aus Bad Ems y Emcure Pharmaceuticals.

Fallo

Anular la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 13 diciembre 2016 (asunto R 790/2016-2), en la medida en que se refiere a los servicios de las clases 42 y 44 del Arreglo de Niza relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios para el Registro de las Marcas, de 15 de junio de 1957, en su versión revisada y modificada.

Desestimar el recurso en todo lo demás.

La EUIPO y Emcur Gesundheitsmittel aus Bad Ems GmbH cargarán cada uno con sus propias costas.

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1     DO C 129 de 24.4.2017.