Sentencia del Tribunal General de 15 de diciembre de 2010 - E.ON Energie/Comisión
["Competencia - Procedimiento administrativo - Decisión por la que se constata la rotura de un precinto - Artículo 23, apartado 1, letra e), del Reglamento (CE) nº 1/2003 - Carga de la prueba - Presunción de inocencia - Proporcionalidad - Obligación de motivación"]
Lengua de procedimiento: alemán
Partes
Demandante: E.ON Energie AG (Munich, Alemania) (representantes: inicialmente A. Röhling, C. Krohs, F. Dietrich y R. Pfromm, y posteriormente A. Röhling, F. Dietrich y R. Pfromm, abogados)
Demandada: Comisión Europea (representantes: A. Bouquet, V. Bottka y R. Sauer, agentes)
Objeto
Recurso de anulación de la Decisión C(2008) 377 final de la Comisión, de 30 de enero de 2008, relativa a la fijación de una multa en aplicación del artículo 23, apartado 1, letra e), del Reglamento (CE) nº 1/2003 del Consejo por rotura de precinto (Asunto COMP/B-1/39.326 - E.ON Energie AG).
Fallo
Desestimar el recurso.
Condenar en costas a E.ON Energie AG.
____________1 - 2 - DO C 158, de 21.6.2008.