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Comunicación al DO

 

Recurso interpuesto el 13 de diciembre de 2002 contra la Comisión de las Comunidades Europeas por Dorte Schmidt-Brown

    (Asunto T-387/02)

    Lengua de procedimiento: francés

En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 13 de diciembre de 2002 un recurso contra la Comisión de las Comunidades Europeas formulado por Dorte Schmidt-Brown, con domicilio en Wellen (Alemania), representada por Mes Albert Coolen, Jean-Noël Louis y Etienne Marchal, abogados, que designa domicilio en Luxemburgo.

La demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

1)Anule la decisión de la Comisión de 26 de abril de 2002 por la que se desestima la petición de la demandante destinada a obtener:

(la ayuda y asistencia de su institución en la acción ejercitada contra Eurogramme Ltd ante los tribunales del Reino Unido;

(el acceso, así como la autorización para hacer copias y presentarlas ante los tribunales, a todos los documentos relacionados con el proyecto PRODCOM que afecten directa o indirectamente a Eurogramme Ltd y, en particular, a los que se reproducen en la lista anexa a la petición originaria, así como a todos los documentos del expediente relativo a la investigación interna realizada por el Jefe de la Unidad DG EUROSTAT/R.1 "Asuntos administrativos y de personal", incluido el informe de auditoría de 21 de diciembre de 2000;

(asistencia financiera que le permita hacer frente a todos los gastos de defensa en que incurra con vistas a obtener la indemnización de los daños morales, profesionales y materiales sufridos como consecuencia de las afirmaciones y escritos difamatorios proferidos contra ella.

2)Condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones:

La demandante es funcionaria de la Comisión, en la DG EUROSTAT. Es responsable del proyecto PRODCOM, en relación con el cual Eurogramme Ltd celebró un contrato de prestación de servicios estadísticos.

Según la demandante, Eurogramme Ltd ha formulado a este respecto graves acusaciones contra ella. Posteriormente, la demandante presentó ante los tribunales del Reino Unido una querella por difamación contra Eurogramme Ltd.

En este marco, la demandante presentó una petición, al amparo del artículo 90, apartado 1, del Estatuto, con objeto de obtener el acceso, así como la autorización para hacer copias y presentarlas ante los tribunales del Reino Unido, a todos los documentos relacionados con el proyecto PRODCOM. También era objeto de la referida petición obtener la asistencia financiera que le permitiera hacer frente a todos los gastos de defensa en que incurriera con vistas a obtener la indemnización de los daños sufridos como consecuencia de las afirmaciones escritas difamatorias proferidas por Eurogramme Ltd. Mediante la decisión impugnada se denegó dicha petición.

Para fundamentar su recurso, la demandante invoca la vulneración de la Decisión 94/90, 1 sobre el acceso del público a los documentos de la Comisión, así como la infracción del artículo 19 del Estatuto. La demandante indica que la decisión impugnada no facilita justificación alguna para denegar el acceso al expediente y la autorización para presentar los referidos documentos ante los tribunales.

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1 - 94/90/CECA, CE, Euratom: Decisión de la Comisión, de 8 de febrero de 1994, sobre el acceso del público a los documentos de la Comisión (DO L 46, p. 58).