Language of document : ECLI:EU:T:2014:622





Sentencia del Tribunal General (Sala Novena) de 9 de julio de 2014 —
Al‑Tabbaa/Consejo

(Asuntos acumulados T‑329/12 y T‑74/13)

«Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas contra Siria — Congelación de fondos y recursos económicos — Restricciones de entrada y de tránsito en la Unión Europea — Derecho de defensa — Derecho a la tutela judicial efectiva — Obligación de motivación — Error de apreciación»

1.                     Procedimiento judicial — Decisión o Reglamento que sustituye en el curso del procedimiento al acto impugnado — Razón nueva — Ampliación de las pretensiones y motivos iniciales (Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 48, ap. 2) (véase el apartado 54)

2.                     Recurso de anulación — Plazos — Carácter de orden público — Examen de oficio por el juez de la Unión (Art. 263 TFUE, párr. 6; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 102) (véase el apartado 55)

3.                     Unión Europea — Control jurisdiccional de la legalidad de los actos de las instituciones — Medidas restrictivas contra Siria — Prohibición de entrada y de tránsito y congelación de fondos de ciertas personas y entidades responsables de la represión violenta contra la población civil — Alcance del control [Art. 263 TFUE; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 47; Reglamento de Ejecución (UE) nº 410/2012 del Consejo; Decisión 2012/256/PESC del Consejo] (véanse los apartados 76 a 87)

Objeto

Demanda de anulación de los actos del Consejo que imponen medidas restrictivas que afectan al demandante, a saber inicialmente la Decisión de Ejecución 2012/256/PESC del Consejo, de 14 de mayo de 2012, por la que se aplica la Decisión 2011/782/PESC del Consejo relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (DO L 126, p. 9), y el Reglamento de Ejecución (UE) nº 410/2012 del Consejo, de 14 de mayo de 2012, por el que se aplica el artículo 32, apartado 1, del Reglamento (UE) nº 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria (DO L 126, p. 3).

Fallo

1)

Anular la Decisión de Ejecución 2012/256/PESC del Consejo, de 14 de mayo de 2012 , por la que se aplica la Decisión 2011/782/PESC del Consejo relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria, y el Reglamento de Ejecución (UE) nº 410/2012 del Consejo, de 14 de mayo de 2012, por el que se aplica el artículo 32, apartado 1, del Reglamento (UE) nº 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria, en cuanto afectan al Sr. Mazen Al‑Tabbaa.

2)

Anular la Decisión 2012/739/PESC del Consejo, de 29 de noviembre de 2012, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria y por la que se deroga la Decisión 2011/782, y el Reglamento de Ejecución (UE) nº 1117/2012 del Consejo, de 29 de noviembre de 2012, por el que se aplica el artículo 32, apartado 1, del Reglamento nº 36/2012, en cuanto afectan al Sr. Al‑Tabbaa.

3)

Anular el Reglamento de Ejecución (UE) nº 363/2013 del Consejo, de 22 de abril de 2013, por el que se aplica el Reglamento nº 36/2012, y la Decisión de Ejecución 2013/185/PESC del Consejo, de 22 de abril de 2013, por la que se aplica la Decisión 2012/739, en cuanto afectan al Sr. Al‑Tabbaa.

4)

Anular la Decisión 2013/255/PESC del Consejo, de 31 de mayo de 2013, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria, en cuanto afecta al Sr. Al‑Tabbaa.

5)

Mantener los efectos de la Decisión 2013/255 en cuanto afecta al Sr. Al‑Tabbaa hasta que se haga efectiva la anulación parcial del Reglamento de Ejecución nº 363/2013, por el que se aplica el Reglamento nº 36/2012.

6)

Sobreseer el recurso en el asunto T‑74/13.

7)

El Consejo de la Unión Europea cargará con sus propias costas y con las del demandante en el asunto T‑329/12 y con tres cuartas partes de las costas de éste en el asunto T‑74/13.

8)

El demandante cargará con una cuarta parte de sus costas en el asunto T‑74/13.