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Petición de decisión prejudicial planteada por el rechtbank Noord-Holland, zittingsplaats Haarlem (Países Bajos) el 11 de enero de 2022 — PR Pet BV / Inspecteur van de Belastingdienst/Douane, kantoor Eindhoven

(Asunto C-24/22)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Rechtbank Noord-Holland, zittingsplaats Haarlem

Partes en el procedimiento principal

Demandante: PR Pet BV

Demandada: Inspecteur van de Belastingdienst/Douane, kantoor Eindhoven

Cuestiones prejudiciales

¿Debe interpretarse la partida 9403 de la NC en el sentido de que los rascadores para gatos, compuestos de diversos materiales, destinados a ser colocados en el suelo de espacios (para viviendas) y a permanecer allí para que los gatos puedan trepar, sentarse y tumbarse en ellos y arañarlos, no quedan comprendidos en esta partida de la NC porque son de una naturaleza distinta de la contemplada en el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 1229/2013 1 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2013, y en el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 350/2014 2 de la Comisión, de 3 de abril de 2014? Si se trata de una naturaleza distinta que impide la clasificación en la partida 9403 de la NC, ¿en qué radica esta distinta naturaleza?

¿Tiene la respuesta a la cuestión 1 alguna consecuencia en la validez del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 1229/2013 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2013, y del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 350/2014 de la Comisión, de 3 de abril de 2014?

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1 Reglamento de Ejecución (UE) n.º 1229/2013 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2013, relativo a la clasificación de determinadas mercancías en la nomenclatura combinada (DO 2013, L 322, p. 8).

1 Reglamento de Ejecución (UE) n.º 350/2014 de la Comisión, de 3 de abril de 2014, relativo a la clasificación de determinadas mercancías en la nomenclatura combinada (DO 2014, L 104, p. 4).