Sentencia del Tribunal General (Sala Séptima) de 18 de septiembre de 2015 —
Petro Suisse Intertrade/Consejo
(Asuntos acumulados T‑156/13 y T‑373/14)
«Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas contra Irán a fin de impedir la proliferación nuclear — Congelación de fondos — Recurso de anulación — Entidad infra-estatal — Legitimación activa e interés en ejercitar la acción — Admisibilidad — Derecho a ser oído — Obligación de notificación — Obligación de motivación — Derecho de defensa — Error manifiesto de apreciación — Derecho de propiedad»
1. Recurso de anulación — Requisitos de admisibilidad — Interés en ejercitar la acción — Personas físicas o jurídicas — Recurso interpuesto por un organismo de un Estado tercero — Recurso contra un acto que impone medidas restrictivas en su contra — Admisibilidad (Art. 29 TUE; arts. 263 TFUE, párr. 4, y 275 TFUE, párr. 2; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 47) (véanse los apartados 39 a 43)
2. Recurso de anulación — Plazos — Inicio del cómputo — Acto que impone medidas restrictivas frente a una persona o entidad — Acto publicado y comunicado a los destinatarios — Fecha de comunicación del acto [Art. 263 TFUE, párr. 6; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 102, ap. 1; Decisión 2010/413/PESC del Consejo, art. 24, ap. 3; Reglamento (UE) nº 267/2012 del Consejo, art. 46, ap. 3] (véanse los apartados 46 a 52)
3. Recurso de anulación — Motivos — Falta de motivación o motivación insuficiente — Motivo distinto del que impugna la legalidad en cuanto al fondo (Arts. 263 TFUE y 296 TFUE) (véase el apartado 61)
4. Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Medidas restrictivas contra Irán — Congelación de los fondos de personas, entidades u organismos que participan en la proliferación nuclear o prestan apoyo a la misma — Requisitos mínimos [Art. 296 TFUE; Decisión 2012/829/PESC del Consejo; Reglamento de Ejecución (UE) nº 1264/2012 del Consejo] (véanse los apartados 63 a 67 y 69 a 71)
5. Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Medidas restrictivas contra Irán — Congelación de los fondos de personas, entidades u organismos que participan en la proliferación nuclear o prestan apoyo a la misma — Criterios alternativos fijados por los actos de la Unión para la inscripción de una entidad en las listas de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas — Carácter suficiente de la motivación basada en uno solo de estos criterios [Art. 296 TFUE; Decisión 2012/829/PESC del Consejo; Reglamento de Ejecución (UE) nº 1264/2012 del Consejo] (véase el apartado 80)
6. Derecho de la Unión Europea — Principios — Derecho de defensa — Derecho a la tutela judicial efectiva — Medidas restrictivas contra Irán — Congelación de los fondos de personas, entidades u organismos que participan en la proliferación nuclear o prestan apoyo a la misma — Derecho a ser oído previamente a la adopción de ese tipo de medidas — Inexistencia — Derechos garantizados mediante el control judicial ejercido por el juez de la Unión y por la posibilidad de una con posterioridad a la adopción de dichos actos — Obligación de comunicar las pruebas inculpatorias — Alcance [Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 47; Decisión 2012/829/PESC del Consejo; Reglamento de Ejecución (UE) nº 1264/2012 del Consejo] (véanse los apartados 89 a 92, 95 y 107)
7. Procedimiento judicial — Alegación de motivos nuevos en el curso del proceso — Motivo formulado por primera vez en la fase de réplica — Inadmisibilidad [Reglamento de Procedimiento del Tribunal General (2015), arts. 76, letra d), y 84, ap. 1] (véanse los apartados 114 y 115)
8. Unión Europea — Control jurisdiccional de la legalidad de los actos de las instituciones — Medidas restrictivas contra Irán — Medidas adoptadas en el marco de la lucha contra la proliferación nuclear — Alcance del control [Art. 275 TFUE, párr. 2; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 47; Decisión 2012/829/PESC del Consejo; Reglamento de Ejecución (UE) nº 1264/2012 del Consejo] (véanse los apartados 120 y 121)
9. Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas contra Irán — Medidas restrictivas contra Irán — Congelación de los fondos de personas, entidades u organismos que participan en la proliferación nuclear o prestan apoyo a la misma — Obligación de extender la aplicación de esta medida a las entidades que sean propiedad o estén bajo control de entidades de ese tipo — Condición de entidad que sea propiedad o esté bajo control de otra entidad — Apreciación caso por caso por el Consejo — Aplicación de las disposiciones pertinentes del Derecho de la Unión — Falta de poder de apreciación del Consejo [Decisiones del Consejo 2010/413/PESC, art. 20, ap. 1, letra c), y 2012/829/PESC; Reglamentos del Consejo (UE) nº 267/2012, art. 23, ap. 2, letra d), y de Ejecución (UE) nº 1264/2012] (véanse los apartados 122 a 125 y 127)
10. Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas contra Irán — Congelación de los fondos de entidades que sean propiedad o estén bajo el control de una entidad que se considere que participa en la proliferación nuclear — Restricción del derecho de propiedad y del derecho al libre ejercicio de una actividad económica — Violación del principio de proporcionalidad — Inexistencia [Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, arts. 16 y 17; Decisión 2012/829/PESC del Consejo; Reglamento de Ejecución (UE) nº 1264/2012 del Consejo] (véase el apartado 138)
Objeto
| Pretensión de anulación de la Decisión 2012/829/PESC del Consejo, de 21 de diciembre de 2012, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán (DO L 356, p. 71), y el Reglamento de Ejecución (UE) nº 1264/2012 del Consejo, de 21 de diciembre de 2012, por el que se aplica el Reglamento (UE) nº 267/2012 del Consejo relativo a la adopción de medidas restrictivas contra Irán (DO L 356, p. 55), por una parte, y de la decisión del Consejo contenida en su escrito de 14 de marzo de 2014 de mantener las medidas restrictivas adoptadas contra la demandante, por otra. |
Fallo
2) | | Petro Suisse Intertrade Co. SA cargará, además de con sus propias costas, con las del Consejo de la Unión Europea. |