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Comunicación al DO

 

Recurso interpuesto el 5 de abril de 2002 contra la Oficina de Armonización del Mercado Interior por BetzDearborn, Inc.

    (Asunto T-107/02)

    Lengua de procedimiento: inglés

En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 5 de abril de 2002 un recurso contra la Oficina de Armonización del Mercado Interior formulado por BetzDearborn, Inc., representada por el Sr. Geert Glas, de Allen & Overy, Bruselas (Bélgica).

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso fue Atofina Chemicals, Inc.

La demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

(Anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de 17 de enero de 2002 en el asunto R 1003/2000-1 en la medida en que anula la Resolución nº 2004/2000 de la División de Oposición, de 7 de septiembre de 2000; devuelva el asunto a la División de Oposición para que ésta continúe su tramitación; imponga a cada parte el abono de sus propias costas relacionadas con el recurso.

(Condene a la Oficina al pago de la totalidad de las costas.

Motivos y principales alegaciones:

Solicitante de la marca comunitaria:BetzDearborn, Inc.

Marca comunitaria de que se trata:La marca denominativa "BIOMATE" en relación con determinados productos de la clase 1

Titular del derecho de marca o

signo que se opone en el procedimiento

de oposición:Elf Atochem North America, Inc., ahora denominada Atofina Chemicals Inc.

Marca o signo que se opone en el

procedimiento de oposición:La marca figurativa nacional e internacional "Biomet" y la marca denominativa nacional "Biomet" en relación con determinados productos de las clases 1 y 5

Resolución de la División de Oposición:Desestimación de la oposición de Atofina Chemicals Inc.

Resolución de la Sala de Recurso:Anulación parcial de la resolución de la División de Oposición

Motivos del recurso:Infracción de la regla 17, apartado 2, del Reglamento nº 2868/95 de la Comisión, 1 puesto que no se remitió a su debido tiempo una traducción a la lengua de procedimiento de los documentos acreditativos.

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1 - Reglamento (CE) nº 2868/95 de la Comisión, de 13 de diciembre de 1995, por el que se establecen normas de ejecución del Reglamento (CE) nº 40/94 del Consejo sobre la marca comunitaria (DO L 303 de 15/12/1995, p. 1).