Language of document : ECLI:EU:C:2021:234





Auto del Tribunal de Justicia (Sala de admisión a trámite de recursos de casación) de 24 de marzo de 2021 — smart things solutions/EUIPO

(Asunto C681/20 P)

«Recurso de casación — Marca de la Unión Europea — Admisión a trámite de recursos de casación — Artículo 170 ter del Reglamento de procedimiento del Tribunal de Justicia — Solicitud que no demuestra la importancia de una cuestión para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión — No admisión a trámite del recurso de casación»

1.      Recurso de casación — Régimen de previa admisión a trámite — Cuestión importante para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión — Carga de la prueba

(Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58 bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art. 170 ter)

(véase el apartado 11)

2.      Recurso de casación — Régimen de previa admisión a trámite — Solicitud de admisión a trámite de un recurso de casación — Requisitos de forma — Alcance

(Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58 bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts. 170 bis y 170 ter)

(véanse los apartados 12 a 14)

3.      Recurso de casación — Régimen de previa admisión a trámite — Cuestión importante para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión — Control por el Tribunal de Justicia de la apreciación de los hechos y de las pruebas — Exclusión

(Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58 bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts. 170 bis y 170 ter)

(véanse los apartados 15 y 17)

4.      Recurso de casación — Régimen de previa admisión a trámite — Cuestión importante para la unidad, la coherencia o el desarrollo del Derecho de la Unión — Solicitud de admisión a trámite que no demuestra la importancia de la cuestión — Inadmisión

(Estatuto del Tribunal de Justicia, art. 58 bis; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, arts. 170 bis y 170 ter)

(véanse los apartados 16, 18, 19 y 21 a 24)

5.      Marca de la Unión Europea — Resoluciones de la Oficina — Principio de igualdad de trato — Principio de buena administración — Práctica decisoria anterior de la Oficina — Principio de legalidad — Necesidad de efectuar un examen estricto y completo en cada caso concreto

[Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo]

(véase el apartado 20)

Fallo

1)

No admitir a trámite el recurso de casación.

2)

smart things solutions GmbH cargará con sus propias costas.