Sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) de 17 de marzo de 2011 — Jiménez Sarmiento/OAMI — Oxygène sport international (Q)
(Asunto T‑455/09)
«Marca comunitaria — Procedimiento de oposición — Cómputo del plazo para presentar el escrito donde se expongan los motivos para recurrir ante la Sala de Recurso — Regla 70 del Reglamento (CE) nº 2868/95 — Práctica anterior de la OAMI — Concepto de error excusable»
Marca comunitaria — Normas de procedimiento — Plazos — Cómputo de los plazos [Reglamento (CE) nº 2868/95 de la Comisión, art. 1, regla 70, aps. 2 y 4] (véanse los apartados 29 a 31)
Objeto
| Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la OAMI de 4 de septiembre de 2009 (asunto R 312/2009-4) por la que se declara la inadmisibilidad del recurso presentado por el Sr. Vicente Jiménez Sarmiento en el procedimiento de oposición entre éste y los Sres. Michel Robin, D. Falzone y M. Monseur. |
Datos relativos al asunto
Solicitantes de la marca comunitaria: | Sres. Michel Robin, Daniel Falzone y Maxime Monseur |
Marca comunitaria solicitada: | Marca figurativa constituida por la letra Q inclinada y escrita con trazo grueso en la parte inferior, para productos de las clases 18, 25 y 28 — Solicitud de registro nº 4.804.266 |
Titular de la marca o del signo invocados en oposición: | Vicente J. Jiménez Sarmiento |
Marca o signo invocados en oposición: | Marca figurativa española que contiene el elemento denominativo Quadrata (nº 1.770.312), para productos de la clase 25 |
Resolución de la División de Oposición: | Inadmisión del escrito de oposición |
Resolución de la Sala de Recurso: | Inadmisibilidad del recurso |
Fallo
2) | | Vicente J. Jiménez Sarmiento cargará con sus propias costas y con las costas en que haya incurrido la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) (OAMI). |
3) | | Oxygène sport international cargará con sus propias costas. |