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Recurso de casación interpuesto el 9 de noviembre de 2009 por Rinse van Arum contra la sentencia dictada por el Tribunal de la Función Pública el 10 de septiembre de 2009 en el asunto F-139/07, van Arum/Parlamento

(Asunto T-454/09 P)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Partes

Recurrente: Rinse van Arum (Winksele, Bélgica) (representante: W. van den Muijsenbergh, abogado)

Otra parte en el procedimiento: Parlamento Europeo

Pretensiones de la parte recurrente

Que se acuerde la admisión del recurso y de los motivos y alegaciones formulados en él.

Que se anule la sentencia del Tribunal de la Función Pública (Sala Segunda) de 10 de septiembre de 2009 en el asunto F-139/07.

Que, resolviendo él mismo el litigio, anule la decisión por la que se adopta el informe de calificación del recurrente.

Que se condene al Parlamento al pago de las costas en que haya incurrido el recurrente en las dos instancias.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, el recurrente alega los siguientes motivos:

Infracción de los artículos 1 y 9 de las Disposiciones generales de ejecución relativas a la aplicación del artículo 43 del Estatuto de los Funcionarios y de los artículos 15, apartado 2, y 87, apartado 1, del Régimen aplicable a otros agentes de las Comunidades Europeas y las disposiciones de la Guía de calificación.

Infracción del artículo 19 de las Disposiciones generales de ejecución y de la obligación de motivación.

Vulneración del principio de contradicción, del principio de igualdad de las partes y del derecho de defensa.

Violación del Derecho por lo que respecta a la relación entre calificación y atribución de puntos, del derecho de defensa y del principio de buena administración.

Infracción del artículo 90 del Estatuto de los Funcionarios de las Comunidades Europeas (en lo sucesivo, "Estatuto") debido a la utilización de documentos que no forman parte del expediente y vulneración del principio de procedimiento contradictorio, así como inversión de la carga de la prueba a cargo del recurrente e incumplimiento de la obligación de motivación.

Incumplimiento del deber de asistencia en relación con la apreciación indebida de datos equivocados por el calificador final y vulneración de los principios jurídicos relativos a la carga de la prueba.

Aplicación errónea del Derecho, de la jurisprudencia y de los principios jurídicos en relación con el artículo 90 del Estatuto, el deber de asistencia, la diligencia, la buena administración y los principios jurídicos relativos a la prueba.

Violación del Derecho como consecuencia de declaraciones incomprensibles del Tribunal de la Función Pública y de una calificación errónea de los hechos, así como incumplimiento del deber de motivación y de las reglas de buena administración.

Determinación incorrecta de los hechos.

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